La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, con sede en la ciudad de La Plata, resolvió en la causa “C., A. c/ Federación Patronal Seguros S.A. s/ daños y perjuicios automotor c/ lesiones o muerte (exc. Estado)” un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada por la Sala I de la Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial.
El caso se originó en un accidente de tránsito ocurrido en abril de 2016, cuando el actor, que circulaba en motocicleta, colisionó con una camioneta asegurada por Federación Patronal Seguros S.A., sufriendo graves lesiones. En primera instancia se admitió la demanda y se atribuyó la responsabilidad exclusiva al demandado y a su aseguradora.
La Cámara de Apelaciones modificó ese pronunciamiento. Consideró acreditado que el siniestro se produjo por la conducta concurrente de ambos protagonistas, al constatar infracciones a las normas de tránsito tanto del conductor del vehículo como del motociclista. En consecuencia, atribuyó un cincuenta por ciento de responsabilidad a la víctima y redujo en un cuarenta por ciento adicional la indemnización por incapacidad, al valorar la falta de uso del casco protector como circunstancia agravante de las lesiones. También reajustó los montos indemnizatorios y la tasa de interés aplicable.
Contra esa decisión, el actor interpuso recurso extraordinario alegando violación del principio de congruencia, absurdo en la valoración de la prueba y errónea aplicación de normas constitucionales y legales. La Suprema Corte rechazó todos los agravios. Sostuvo que la Cámara actuó dentro de sus facultades al valorar prueba válidamente incorporada, incluida la proveniente de la causa penal, y que no se configuró el vicio de absurdo, ya que el fallo exhibió una motivación lógica, coherente y respetuosa de la sana crítica.
Por unanimidad, con votos coincidentes de los jueces Soria, Torres, Kogan y Kohan, el Tribunal rechazó el recurso extraordinario e impuso las costas al actor.
Versión en lenguaje claro
Qué pasó
Un motociclista sufrió graves lesiones tras chocar con una camioneta en la ciudad de La Plata. Inició una demanda para cobrar una indemnización por los daños sufridos.
Qué resolvieron los jueces antes
El primer juez le dio la razón y responsabilizó solo al conductor del vehículo y a su aseguradora. Sin embargo, la Cámara de Apelaciones revisó el caso y entendió que ambos tuvieron culpa. El conductor hizo una maniobra imprudente, pero el motociclista circulaba a velocidad inadecuada, tenía problemas en los frenos y no usaba casco.
Por eso, la Cámara decidió que cada uno debía asumir parte de la responsabilidad y redujo la indemnización, especialmente por las lesiones en la cabeza.
Qué decidió la Suprema Corte
El motociclista recurrió a la Suprema Corte. Dijo que los jueces habían valorado mal la prueba. La Corte no estuvo de acuerdo. Explicó que los jueces pueden usar toda la prueba del expediente, incluso la de la causa penal, y que no hubo errores graves en el razonamiento.
Resultado final
La Suprema Corte rechazó el recurso de forma unánime. Confirmó la responsabilidad compartida y la reducción de la indemnización. El actor deberá pagar las costas del proceso.







