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La Acordada 17/2025 del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego actualiza los intereses aplicables a deudas por tasa de justicia y a financiaciones mediante planes de pago. La norma complementa y readecua los puntos 1 y 4 de la Acordada 42/2024, dictada a partir de los parámetros fijados también por la Acordada 111/2022.
Se funda en la Ley provincial 162, que regula el pago de tasas de justicia y faculta al Superior Tribunal a reglamentar su percepción y ejecución. El cambio responde a la Resolución General AREF 581/2024, que modificó las tasas de interés del Código Fiscal y la tasa de financiación de deudas. El art. 1 dispone que las deudas por tasa de justicia se actualicen según los porcentajes previstos en los arts. 1 y 3 de la Resolución AREF 581/2024: 4,5% mensual para recargos y 5,5% mensual para intereses punitorios. El art. 2 fija en 3,5% mensual el interés aplicable a financiaciones por planes de pago.
La medida busca mantener coherencia entre el régimen judicial de cobro y los parámetros fiscales provinciales. En la práctica, otorga previsibilidad a deudores, litigantes y operadores judiciales, y actualiza el sistema frente al contexto macroeconómico vigente.
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