La Acordada 20/2026 del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego recepta un planteo de la Asociación de Magistrados y Funcionarios sobre la necesidad de revisar el régimen de reemplazos y subrogancias, con el objeto de evitar sobrecargas funcionales que afecten las condiciones de trabajo y la calidad del servicio de justicia.
La norma no modifica expresamente la Ley Orgánica del Poder Judicial provincial 110, sino que la complementa e integra en su Título VIII, particularmente respecto de los reemplazos de juzgados de primera instancia previstos en los arts. 77 a 81 bis.
El cambio central consiste en disponer que, cuando existan vacancias simultáneas, no se tenga en cuenta para nuevas coberturas al juez que ya se encuentre subrogando, debiendo acudirse a los magistrados que sigan en el orden legal. La regla procura equilibrar continuidad jurisdiccional y razonabilidad en la carga de trabajo, sin desplazar el régimen legal de afinidad por fuero y especialidad.
La Acordada se apoya en las atribuciones de superintendencia del art. 156 de la Constitución provincial y del art. 36 inc. k) de la Ley 110 y busca mejorar la distribución de subrogancias, reduce la concentración de funciones y fortalece la prestación regular del servicio judicial.
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