La Acordada 25/2023, dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene como objeto central la digitalización total del ingreso de recursos directos ante la Corte Suprema, mediante la implementación de un procedimiento remoto obligatorio. Se inscribe dentro de una política sostenida de transformación digital del Poder Judicial, que incluye la consolidación del expediente electrónico y la reducción del uso del soporte papel .
En concreto, la Corte aprueba un sistema según el cual los recursos como la queja por extraordinario denegado, la queja por ordinario denegado, el salto de instancia y el recurso por retardo de justicia deberán presentarse exclusivamente a través de una plataforma digital (módulo IWECS), eliminando en la práctica la intervención de la Mesa de Entradas en estos casos . La presentación digital adquiere pleno valor jurídico, con efectos procesales equivalentes a la presentación tradicional, y se instrumenta mediante firma electrónica, con responsabilidad directa del letrado interviniente.
Desde el punto de vista jurídico, la acordada constituye una regulación procesal operativa, dictada en ejercicio de las facultades reglamentarias de la Corte (art. 113 CN), que no modifica el régimen de recursos, pero sí transforma radicalmente su modo de acceso y tramitación.
Ventajas para el derecho argentino
- Celeridad procesal: elimina tiempos muertos asociados a presentaciones físicas.
- Acceso remoto a la justicia: permite litigar ante la Corte desde cualquier jurisdicción sin traslado físico.
- Despapelización y eficiencia administrativa: reduce costos operativos y simplifica la gestión judicial.
- Trazabilidad y control: el sistema registra fecha, hora y contenido con precisión, fortaleciendo la seguridad jurídica.
- Uniformidad del sistema: impone un estándar digital único para todos los litigantes del país.
Esta acordada marca un punto de inflexión en el derecho procesal argentino: la Corte deja de ser un tribunal de acceso físico para convertirse en un tribunal digital, lo que redefine la práctica profesional del abogado litigante. Impone nuevas cargas técnicas (firma digital, manejo de sistemas, digitalización documental) y consolida un modelo de justicia más ágil, pero también más tecnificado.
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