La Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, con sede en la ciudad de Buenos Aires, se pronunció en la causa “Incidente Nº 54 – Incidentista: Waisman, Martín Javier s/incidente de verificación de crédito”.
El caso comenzó cuando el juez de primera instancia admitió un crédito laboral, incluyendo los intereses fijados por la justicia laboral. La concursada apeló argumentando que la tasa aplicada era arbitraria y confiscatoria, y que correspondía reducirla conforme al art. 771 del Código Civil y Comercial.
La Cámara recordó que, si bien los créditos laborales tienen una protección especial, en el marco de un concurso preventivo rigen principios de igualdad entre acreedores, lo que habilita al juez del concurso a readecuar los montos. Tras analizar las liquidaciones, concluyó que los intereses reconocidos excedían el límite aceptado por el tribunal.
Por mayoría, integrada por las juezas Matilde Ballerini y Alejandra Tevez, se resolvió admitir el recurso, revocar parcialmente la resolución y ordenar que se practique una nueva liquidación, fijando un tope de dos veces y media la tasa activa del Banco Nación. El juez Eduardo Machin votó en disidencia parcial: coincidió en la reducción, pero sostuvo que el límite debía ser una vez y media la tasa, sin capitalización.
En consecuencia, el crédito fue reconocido, pero con intereses ajustados al criterio mayoritario de la Sala. Las costas de alzada se distribuyeron en el orden causado.
Versión en lenguaje claro
La Sala C de la Cámara Comercial analizó el caso Waisman s/incidente de verificación de crédito.
- El juez de primera instancia había reconocido un crédito laboral con intereses fijados en la justicia laboral.
- La empresa apeló porque consideró que esos intereses eran demasiado altos.
- La Cámara revisó el caso y dijo que, en un concurso, todos los acreedores deben tener un trato igual. Por eso, el juez del concurso puede ajustar los montos.
La mayoría de los jueces decidió que los intereses reconocidos eran excesivos. Ordenó que se calculen de nuevo con un límite: hasta 2,5 veces la tasa activa del Banco Nación. Un juez coincidió en reducirlos, pero propuso un tope menor, de 1,5 veces esa tasa, y sin capitalización.
En conclusión, el crédito laboral de Waisman fue aceptado, pero los intereses deberán recalcularse. Esto asegura que haya equilibrio entre todos los acreedores dentro del concurso.







