En Río Negro, la justicia condenó a Directv Argentina SA por hostigamiento telefónico a un consumidor inscripto en el Registro Nacional “No Llame”. La empresa no verificó adecuadamente este registro, violando el deber de trato digno hacia el consumidor. Como resultado, se le ordenó a Directv pagar tanto daño moral como daños punitivos al demandante. La decisión sanciona la negligencia corporativa en el manejo de las comunicaciones con los clientes.
Libros
Condenan a una empresa por hostigar a un consumidor







