VOCES: COSTAS DEL PROCESO • DEFENSA DEL CONSUMIDOR • DOCTRINA DE LA CORTE SUPREMA • PRORRATEO DE HONORARIOS
Resolución 3/2025 – REGISTRO NACIONAL DE ARMAS. Apruébase la implementación del trámite digital denominado “CLU DIGITAL”, para acceder a la condición de legítimo usuario de armas de fuego de uso civil, uso civil condicional y materiales de usos especiales, en el marco del Plan de Transformación Digital Integral del REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (RENAR)
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido que no se puede conceder la condonación de multas, incluso si no hay un perjuicio económico directo para el Fisco.
La Corte Revoca la Caducidad en Caso de Accidente Fatal, Cita la Omisión de Protección a los Derechos del Niño
Frigorífico Jerona S.R.L. y otro c/ EDESUR S.A. s/ daños y perjuicios | Cita Digital: Delalenga 37527
Edesur condenada a indemnizar a empresa por pérdidas derivadas de “corte de luz”
Desarrollo Calle Beiró SA c/Edesur SA s/sumarísimo | Cita Digital: Delalenga 28777
Se hace lugar al recurso de apelación interpuesto por el letrado y se deja sin efecto el prorrateo de los honorarios efectuado en los términos del artículo 730 del CCyCo. El tribunal interviniente declaró inaplicable al caso la doctrina elaborada por la CSJN en el caso “Latino”. Para eso, explicó que en el presente caso el letrado no podía cobrar el remanente de su regulación de honorarios a su defendido, toda vez que esta gozaba del beneficio de gratuidad que otorga la ley de defensa del consumidor, a diferencia del caso resuelto por la CSJN en el que el accionante gozaba del beneficio de litigar sin gastos.
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