El Decreto 171/2026 introduce modificaciones sustanciales al Régimen de Extinción de Obligaciones Recíprocas entre el Estado Nacional y las provincias, creado por el Decreto 969/2024, con el objetivo de ampliar su alcance temporal y reforzar sus mecanismos operativos. Sus considerandos destacan la necesidad de continuar el proceso de saneamiento de las cuentas públicas, permitiendo la incorporación de nuevas jurisdicciones y la ampliación de acuerdos ya celebrados, en un contexto donde aún subsisten deudas recíprocas por compensar . La norma no crea un régimen nuevo, sino que modifica el existente, introduciendo mejoras en plazos, procedimientos y responsabilidades.
En su articulado, se establece un nuevo plazo de adhesión de sesenta días hábiles para jurisdicciones no incorporadas y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2027 el plazo para la presentación de documentación respaldatoria. Asimismo, se reformulan disposiciones clave: se exige la producción de informes técnicos con intervención jurídica previa, se asigna a cada parte la responsabilidad de validar sus créditos y deudas, y se regula una instancia de negociación obligatoria ante divergencias, bajo principios de buena fe y lealtad federal, con un plazo máximo de ciento ochenta días. También se limita la intervención de la Procuración del Tesoro y de la SIGEN a supuestos de litigios judiciales o arbitrales.
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Decreto 171/2026 – Ampliación y fortalecimiento del régimen de compensación de deudas entre Nación y provincias. Modificación Decreto 969/2024
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