La Corte reafirma el alcance federal del régimen de lealtad comercial

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió un conflicto de competencia en la causa “Blindaje Seguridad SRL c/ Ponce de León, Alejandro y otro s/daños y perjuicios”, radicada en la ciudad de Rosario, y consideraron que el trámite debe continuar ante el Juzgado Federal N.º 2 de dicha jurisdicción.

El caso se inició a partir de una demanda presentada por la firma Blindaje Seguridad SRL contra un ex empleado y uno de sus proveedores, a quienes acusa de desviar clientela y realizar actos de competencia desleal. Según la actora, durante su relación laboral, el ex empleado ofrecía servicios para otra empresa —APL Seguridad—, la cual finalmente fundaron los dos demandados. A su vez, esta nueva firma replicaría elementos distintivos de la marca demandante, como cotizaciones, logotipos, slogans y colores, afectando directamente su imagen comercial y ocasionando un perjuicio económico.

El conflicto jurídico surgió entre el Juzgado Civil y Comercial provincial, que declinó su competencia al entender que el caso se encuadraba en la órbita de la lealtad comercial regulada por el DNU 274/2019, y la jueza federal que se opuso a asumirlo, alegando que se trataba de un reclamo indemnizatorio entre particulares, sin relevancia federal.

La Corte, al resolver el conflicto negativo de competencia, interpretó que el planteo excede una mera relación entre particulares y se funda sustancialmente en normativa de derecho federal, ya que la demanda tiene como eje la reparación por actos contrarios a la lealtad comercial, con invocación expresa de los artículos 8, 9, 10 y 61 del Decreto 274/2019, además de normas constitucionales (art. 42 CN) y del Código Civil y Comercial. Sostuvo que el fuero federal resulta competente en virtud del objeto y del fundamento jurídico alegado, reafirmando la doctrina sentada en precedentes como “Supermax SA”.

La decisión consolida una línea jurisprudencial firme que reconoce la competencia federal cuando el conflicto involucra derechos y obligaciones derivadas de la normativa nacional sobre lealtad comercial y competencia desleal. Se refuerza así el carácter especializado y federal de las acciones fundadas en ese régimen, aún cuando se dirige entre actores privados.

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