Implementación gradual de inscripciones registrales digitales con eliminación de copias en papel y remisión electrónica de la constancia registral.
La Resolución General IGJ 5/2026 complementa el régimen registral aprobado por la Resolución General 15/2024 e incorpora un procedimiento gradual de inscripción digital.
La norma parte de que el sistema anterior exigía copias en papel, protocolización física y retiro presencial del instrumento inscripto, cargas que ya no resultaban necesarias frente a la Ley 25.506 y a las herramientas digitales disponibles.
Su artículo 1 crea el procedimiento de inscripción con plancha digital. El artículo 2 elimina, para los actos incorporados al cronograma, la obligación de acompañar copias prevista en el artículo 35 del Anexo A de la Resolución 15/2024. El artículo 3 dispone que el original quede agregado al expediente y que la IGJ remita una plancha digital firmada, con los documentos inscriptos incorporados. Los artículos 4 a 6 regulan el destinatario, la protocolización y la rectificación de inexactitudes. Los artículos 7 y 8 digitalizan las resoluciones particulares y aseguran su numeración y trazabilidad. El artículo 9 establece una implementación progresiva; los trámites no incorporados continúan sujetos a la Resolución 15/2024.
La reforma se integra con la Resolución 4/2026, que había simplificado el régimen de sociedades extranjeras, y profundiza un modelo registral más ágil, remoto y seguro.
Tema de la norma
La Resolución General IGJ 5/2026 crea un procedimiento digital para determinados actos registrales.
La norma complementa la Resolución General 15/2024. También se integra con la Resolución General 4/2026, que simplificó los trámites de sociedades constituidas en el extranjero.
Contexto y finalidad
El régimen anterior exigía copias físicas y retiro presencial del instrumento inscripto. La IGJ consideró que esas exigencias generaban costos sin aportar mayor seguridad.
La finalidad es reducir papel, facilitar el acceso al Registro Público y otorgar plena eficacia jurídica a las constancias digitales firmadas por el organismo.
Cambios principales
El interesado presenta el instrumento original, pero no debe acompañar copias cuando el acto esté incluido en el cronograma de implementación.
La IGJ genera una plancha digital. Esa plancha contiene los documentos inscriptos y la firma digital del funcionario competente. Luego se envía al autorizado mediante la plataforma habilitada.
El profesional debe informar el nombre o denominación del destinatario, su CUIT y un correo electrónico alternativo.
Las resoluciones particulares del Inspector General también podrán emitirse digitalmente. La norma establece reglas para conservar la numeración y asegurar la trazabilidad.
Impacto práctico
Se elimina el retiro presencial del instrumento en los trámites alcanzados. La constancia digital tiene plena validez jurídica.
La implementación es gradual. Los actos no incorporados al cronograma continúan bajo el procedimiento de la Resolución 15/2024.
Conclusión
La Resolución 5/2026 moderniza el procedimiento registral sin reemplazar el régimen general. Reduce cargas materiales y consolida una gestión digital, trazable y jurídicamente válida.
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