La Suprema Corte de Buenos Aires (SCBA) ha emitido un fallo que altera significativamente la doctrina legal sobre la responsabilidad de los vendedores de vehículos en accidentes de tránsito. Anteriormente, los vendedores podían liberarse de responsabilidad si demostraban que ya no la posesión o “guarda” del vehículo, aunque no hubieran hecho la denuncia de venta. Sin embargo, esta nueva decisión establece que el titular registral del vehículo sigue siendo responsable por los daños que pueda causar al automóvil hasta que se formalice la transferencia de dominio en el Registro.
Este nuevo fallo cambia el enfoque de la responsabilidad civil, ya que antes era suficiente que el vendedor probara que había entregado el vehículo al comprador para quedar exento de responsabilidad. Ahora, la SCBA sostiene que el vendedor sigue siendo responsable hasta que se complete la transferencia legal del dominio, salvo que haya notificado previamente al Registro la entrega del vehículo al nuevo propietario antes
Este cambio doctrinario refuerza la obligación de formalizar la transferencia de propiedad para evitar conflictos de responsabilidad. Además, protege a las víctimas de accidentes de tránsito, garantizando que haya un responsable claro y legalmente reconocido mientras el vehículo aún esté a nombre del vendedor.