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De la Lenga

LEY 27801 – RÉGIMEN PENAL JUVENIL

Nuevo régimen penal juvenil, orientado a la responsabilidad progresiva y la reintegración social de los adolescentes.

La Ley 27801 establece un nuevo Régimen Penal Juvenil aplicable a adolescentes desde los catorce hasta los dieciocho años imputados por delitos previstos en el Código Penal o en leyes penales especiales. 

Sus considerandos y disposiciones responden a la necesidad de actualizar el sistema de responsabilidad penal juvenil argentino, adecuándolo a los estándares constitucionales y a los tratados internacionales de derechos humanos, particularmente a la Convención sobre los Derechos del Niño, incorporada con jerarquía constitucional por el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional. 

La norma fija su ámbito de aplicación en el artículo 1 y define criterios de determinación de edad en el artículo 2, estableciendo la presunción de minoría cuando no pueda acreditarse con certeza. 

El artículo 3 prevé la aplicación supletoria del Código Penal, integrando el nuevo régimen con el sistema penal general. 

A partir del artículo 4 se establecen los principios rectores, orientados a la responsabilidad progresiva del adolescente, priorizando la educación, la resocialización y la reintegración social. 

El artículo 5 garantiza derechos y garantías procesales reforzadas, incluyendo legalidad, proporcionalidad de las medidas, debido proceso, defensa técnica e interpretación favorable al menor, en consonancia con estándares internacionales. 

La ley introduce un enfoque restaurativo y pedagógico del sistema penal juvenil, reemplazando modelos tutelaristas previos y procurando equilibrar responsabilidad penal y protección integral. 

Su impacto radica en la armonización del derecho penal juvenil con el bloque de constitucionalidad y con la Ley 26061 de protección integral de niñas, niños y adolescentes, consolidando un modelo de justicia juvenil basado en derechos.

Versión en lenguaje claro

La Ley 27801 crea un nuevo sistema penal para adolescentes en Argentina. Se aplica a jóvenes de 14 a 18 años cuando son acusados de cometer un delito previsto en el Código Penal u otras leyes penales.

La norma busca modernizar la justicia juvenil y adaptarla a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales de derechos humanos, especialmente la Convención sobre los Derechos del Niño, que exige que el sistema penal juvenil priorice la educación y la reintegración social.

La ley establece reglas básicas:

Ámbito de aplicación

  • El régimen se aplica a delitos cometidos entre los 14 y los 18 años.
  • Si no se puede probar la edad con certeza, se presume que la persona es menor.

Relación con otras normas

  • Cuando esta ley no regula un tema específico, se aplican las reglas del Código Penal.

Objetivos del sistema

  • Que el adolescente comprenda la responsabilidad de sus actos.
  • Favorecer su educación, reinserción social y reducción del riesgo de reincidencia.

Garantías durante el proceso
El joven debe contar con:

  • abogado defensor desde el inicio;
  • explicación clara de la acusación;
  • derecho a guardar silencio;
  • respeto del debido proceso;
  • medidas restrictivas solo cuando sean necesarias y proporcionales.

Este sistema busca reemplazar enfoques antiguos centrados solo en el castigo o en la tutela estatal. En cambio, propone un modelo que combina responsabilidad penal con protección de derechos, en línea con la Ley 26061 de protección integral de niños, niñas y adolescentes.

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