La Cámara Federal de Bahía Blanca ha confirmado una sentencia en defensa de los derechos de un trabajador, al ordenar a la ANSES restablecer el beneficio de retiro transitorio por invalidez en favor del demandante. Este fallo, resultado de una medida autosatisfactiva peticionada por el actor, se fundamenta en la suspensión arbitraria del beneficio basada en la incomparecencia del trabajador a una segunda revisión ante la Comisión Médica.
Antecedentes del Caso
El trabajador había sido beneficiario del retiro transitorio por invalidez otorgado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Sin embargo, dicha entidad suspendió el beneficio argumentando que el trabajador no se presentó a una segunda revisión médica, un requisito aparentemente indispensable para la continuidad del retiro. Ante esta situación, el trabajador presentó una medida autosatisfactiva, una acción judicial que busca la satisfacción inmediata del derecho reclamado debido a la urgencia y necesidad del caso.
Fundamentos del Fallo
La Cámara Federal de Bahía Blanca sostuvo que la suspensión del beneficio fue realizada de manera arbitraria e ilegal. En primer lugar, se destacó que la ANSES no emitió un acto administrativo formal que justificara la suspensión del beneficio, sino que actuó a través de vías de hecho. Esta práctica, según el tribunal, es contraria a lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley 19.549, que regula el procedimiento administrativo en Argentina y prohíbe a la administración pública proceder mediante hechos que no estén debidamente formalizados y fundamentados en un acto administrativo.
El tribunal argumentó que la falta de un acto administrativo impide al trabajador ejercer su derecho a la defensa, ya que no existe una resolución oficial contra la cual pueda presentar un recurso. Este vacío legal y procedimental deja al trabajador en una situación de indefensión, afectando gravemente sus derechos fundamentales.