La Resolución 277/2026 del Ministerio de Justicia de la Nación aprueba e instrumenta el Sistema Informatizado de Gestión Integral de la Mediación Prejudicial Obligatoria (SIGIM), una plataforma digital que sustituye de forma integrada al anterior Sistema MEPRE, establece las pautas de notificación electrónica, firma digital y sustanciación de audiencias virtuales o mixtas en el marco de la Ley 26.589 y deroga el régimen de contingencia de las Resoluciones 121/2020 y Disposición 7/2020.
Esta norma complementa la Ley 26.589 y modifica sustancialmente el Anexo II, apartado B, de la Resolución 2740/2012, adecuando los modelos de notificación inicial. El fin jurídico es optimizar el acceso a la justicia mediante la interoperabilidad digital y asegurar la validez de los actos procesales a distancia. A tal efecto, los artículos principales imponen a los mediadores la obligatoriedad de la firma digital (remota o por token conforme la Ley 25506) bajo apercibimiento de inhabilitación, y validan la firma electrónica con acreditación biométrica para las partes intervinientes, satisfaciendo el estándar del artículo 288 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Asimismo, se articula con la Ley 11683 al normar la notificación electrónica en el domicilio fiscal constituido ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), cuya operatividad complementaria se rige por la Resolución General AFIP 4280/2018. De evaluación práctica favorable, la norma dota de certeza al cómputo de plazos por incomparecencia digital e instituye un periodo transitorio de doble notificación física y electrónica para salvaguardar el derecho constitucional de defensa en juicio.
La Resolución 277/2026 aprueba el Sistema Informatizado de Gestión Integral de la Mediación Prejudicial Obligatoria (SIGIM) y establece las pautas de notificación electrónica, firma digital y sustanciación de audiencias virtuales o mixtas en el marco de la Ley 26589.
Versión en Lenguaje Claro
Tema de la norma
El Ministerio de Justicia creó un nuevo sistema digital llamado SIGIM. Este sistema sirve para tramitar las mediaciones obligatorias antes de ir a un juicio.
Contexto y finalidad
La ley argentina exige una mediación previa para que las partes intenten dialogar y resolver sus conflictos sin llegar a los tribunales. El nuevo sistema busca modernizar este proceso mediante el uso de herramientas tecnológicas avanzadas, haciendo los trámites más rápidos, seguros y accesibles para los ciudadanos.
Cambios principales
A partir de ahora, los mediadores deben usar obligatoriamente la firma digital. Las partes en conflicto y sus abogados firmarán las actas de forma electrónica mediante un control de identidad biométrico desde el sistema. Además, las invitaciones a las audiencias se podrán enviar directamente al domicilio fiscal electrónico que las personas tienen registrado en la agencia de recaudación ARCA (ex AFIP). Se creará un Portal de Mediación para que el público general pueda ingresar de manera centralizada.
Impacto práctico
Si una audiencia se realiza por computadora, las personas tendrán tres días para enviar la foto de su DNI y teléfono para confirmar quiénes son. Si alguien se conecta pero se niega a firmar el acta electrónica dentro del plazo legal, se considerará que no asistió a la reunión. Para proteger a quienes no manejan internet, durante el primer año se enviará la notificación en papel y de forma electrónica al mismo tiempo.
Conclusión
Esta reforma moderniza la justicia argentina y da validez legal completa a las audiencias virtuales. El uso de firmas digitales y controles biométricos asegura que los acuerdos sean transparentes y tramitados en menor tiempo.
ANÁLISIS INTEGRAL Resolución 277/2026
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