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RESOLUCIÓN PLENARIA 114/2026 – TRIBUNAL DE CUENTAS – APLICA APERCIBIMIENTO – REITERA REQUERIMIENTOS A ANALÍA CUBINO PRESIDENTA AGENCIA DE INNOVACIÓN FUEGUINA

La Resolución Plenaria 114/2026 aplicó una sanción de apercibimiento a la presidenta de la Agencia de Innovación Fueguina, Analía Cubino, por no responder reiterados requerimientos formulados en un procedimiento de control posterior.

La investigación se originó en la contratación de licencias de mantenimiento y soporte de soluciones tecnológicas de seguridad por tres años. El 15 de diciembre de 2025, el Acta de Constatación TCP AC-POST-AITF-20-2025 detectó cuatro incumplimientos sustanciales y uno formal. Las observaciones comprendieron la falta de acreditación de la exclusividad del proveedor, la insuficiente justificación del precio, la omisión de publicar especificaciones técnicas, la concentración de funciones incompatibles y la intervención de una autoridad presuntamente incompetente.

Vencido el plazo inicial de cinco días sin descargo, el TCP reiteró los requerimientos el 2 y 17 de marzo y el 15 y 29 de mayo de 2026. Finalmente, el 26 de junio, el Vocal de Auditoría intimó a Cubino a responder en cinco días, bajo apercibimiento de sanción. El nuevo plazo también venció sin contestación.

El TCP consideró configurada una desobediencia a sus requerimientos, conforme al artículo 4.º, inciso h), de la Ley provincial 50 y al Decreto  1917/1999. En consecuencia, aplicó un apercibimiento, reiteró la obligación de contestar el acta dentro de cinco días y advirtió que un nuevo incumplimiento determinará la aplicación de una multa. Asimismo, informó los recursos disponibles y ordenó registrar la sanción.

Versión en lenguaje claro

Tema del caso

El TCP sancionó a la presidenta de la Agencia de Innovación Fueguina por no responder los requerimientos de un control posterior.

Antecedentes

La Agencia contrató licencias y soporte para soluciones tecnológicas de seguridad durante tres años.

El TCP observó posibles irregularidades en la justificación de la contratación directa, el precio, la publicidad de las especificaciones técnicas, la separación de funciones y la competencia de la autoridad interviniente. No existió un juicio ni una sentencia de primera instancia, sino un procedimiento administrativo de control.

Que cuestión se trató

La resolución no decidió definitivamente si las cuatro irregularidades observadas estaban configuradas. La cuestión inmediata fue la falta de presentación del descargo exigido por el TCP.

La Agencia recibió varios requerimientos entre marzo y junio de 2026. El último otorgó cinco días para responder y advirtió expresamente que el incumplimiento podía generar una sanción.

Análisis del TCP

La presidenta de la Agencia no respondió dentro de ninguno de los plazos otorgados.

El TCP consideró que esa conducta constituyó una desobediencia a sus requerimientos. La Ley provincial 50 permite aplicar apercibimientos y multas cuando un funcionario incumple solicitudes fundadas del organismo de control.

El apercibimiento es una sanción formal que deja constancia del incumplimiento y sirve como antecedente frente a futuras infracciones.

Decisión final

El TCP aplicó un apercibimiento a Analía Cubino y ordenó registrar la sanción.

También le otorgó un nuevo plazo de cinco días para responder el Acta de Constatación. Si vuelve a incumplir, podrá aplicarse una multa. La resolución informó que puede interponer el recurso administrativo previsto por la Ley N.º 141 o acudir a la vía judicial dentro de los noventa días hábiles judiciales.

Conclusión

Los funcionarios deben responder los requerimientos del TCP dentro del plazo otorgado. El silencio reiterado constituye una infracción autónoma, aunque todavía no se haya resuelto el fondo de las observaciones investigadas.

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