La intervención del Tribunal tiene lugar tras el Dictamen Legal elaborado por el Departamento Jurídico de la DPE, el cual concluyó en la improcedencia de la designación realizada mediante una Resolución de Presidencia. Frente a dicha conclusión, el Tribunal tomó conocimiento del contenido del dictamen e inició el análisis de legalidad y su notificación formal, a fin de garantizar la transparencia del procedimiento administrativo y el respeto a las competencias de los órganos de control.
Durante el trámite, se valoró el contenido técnico-jurídico del dictamen emitido por la asesoría legal de la DPE, y se encuadró la actuación dentro del marco de la Ley Provincial 495 de Administración Financiera y de los principios generales de legalidad, competencia y jerarquía normativa. No se detectaron actos que dieran lugar a responsabilidades administrativas, ni se ordenaron medidas correctivas adicionales.
El Tribunal de Cuentas Resuelve notificar al presidente de la Dirección Provincial de Energía el dictamen legal producido por el Departamento Jurídico de la propia entidad, dejando constancia de su toma de conocimiento. La resolución no impone cargos ni dispone apertura de sumarios, limitándose a formalizar la comunicación de un acto interno de control legal, en resguardo del principio de legalidad y el debido proceso administrativo.
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