Río Gallegos: sobreseyeron a un varón trans imputado por el uso del DNI de otra persona durante 40 años

El Juzgado Federal homologó un acuerdo de conciliación y reparación entre la defensa y el MPF, de acuerdo a lo previsto en el artículo 59 inciso 6 del Código Penal. Desde el MPF habían destacado la discriminación y la exclusión social que sufrió el imputado basado en su identidad de género.

En el marco de un acuerdo de conciliación, el Juzgado Federal de Rio Gallegos sobreseyó a un varón trans que utilizó el DNI de otra persona desde la última dictadura cívico militar. El acuerdo con la defensa fue impulsado por el fiscal federal de Río Gallegos, Julio Zárate, con la colaboración de la Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM), a cargo de Mariela Labozzetta.

En la resolución se dejó constancia del pago que realizó el imputado, acordado en la conciliación, de nueve UMAS (Unidad de Medida Arancelaria) a favor de la Unidad 15 del Servicio Penitenciario Federal en concepto de reparación del daño causado. En ese sentido, el juez Claudio Marcelo Vázquez requirió a la institución carcelaria que, con esa suma, dé cumplimiento a la compra de insumos y elementos necesarios para los talleres.

La resolución se dio en el marco de lo previsto en el artículo 59 inciso 6 del Código Penal con respecto a una reparación hacia la persona afectada por la estafa y, por el otro, la solicitud de sobreseimiento con respecto al uso del DNI ajeno. El juez tuvo además en cuenta que la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal puso en vigencia en noviembre de 2019 herramientas valiosas para la solución de conflictos, como el caso del artículo 22, que insta a los/as magistrados/as a procurar la resolución de conflictos mediante soluciones que puedan restablecer la paz social.

“Esta nueva perspectiva nos exhorta a analizar los delitos en su carácter de conflictos sociales, que requieren de abordajes complejos por tratarse de fenómenos multicausales, así como a ser abiertos a la búsqueda de soluciones que no se limiten a la aplicación de una sanción, sino antes bien a alternativas que procuren una restauración del orden social convulsionado por la transgresión de la norma”, indicó el juez Vázquez.

El caso

El imputado había sido procesado por el Juzgado Federal de Río Gallegos por dos delitos: uso de documento falso destinado a acreditar identidad y estafa. El hombre explicó en la causa que nació en San Juan y que luego se mudó a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo de buscar trabajo, aunque no le fue sencillo. En ese momento, Argentina se encontraba en plena dictadura cívico militar, a lo que se le sumó que su “apariencia física” no coincidía con lo que se reflejaba en su DNI, es decir, su nombre femenino. Sostuvo que esto le impedía acceder a un empleo formal y fue lo que hizo que sobreviviera en los primeros momentos a través de “changas”, es decir, empleo no formal o sin registrar.

Contó que, en el marco de una entrevista laboral donde se buscaba un “parrillero”, el hombre utilizó un DNI que había encontrado para acceder al empleo. Esa situación fue descripta por él como “estricta supervivencia” y sostuvo que fue lo que le permitió conseguir el trabajo, desempeñarse como gastronómico, llevar adelante un emprendimiento con su familia dentro de esa categoría y luego mudarse al sur del país. “Nunca he tenido la voluntad de dañar a nadie; desde hace casi 40 años que mi vida dio un giro de 180 grados y ninguna de mis acciones tuvo una finalidad distinta que no sea la de ‘supervivencia’”, recalcó. Finalmente, hace algunos años, debido a ley de identidad de género, pudo realizar el cambio de sexo y de nombre en su documento, adecuándolo a su identidad.

Para el Ministerio Público Fiscal, no hay dudas de que el hombre padeció toda su vida “un contexto de profunda discriminación y exclusión social basada en su identidad de género, que lo sumergió en un cuadro de vulnerabilidad que afectó su autodeterminación para el desarrollo de sus conductas conforme a derecho”.

La fiscalía había considerado entonces que la conducta del imputado debía ser analizada bajo este contexto. A eso le sumó incluso que, aún en democracia, “el andamiaje social excluyente y disciplinador de las identidades, orientaciones y expresiones de género diversas continúa en muchas dimensiones tanto en Argentina como en toda la región”. El MPF explicó que él transitó prácticamente toda su vida adulta como varón trans aunque eso no lo excluyó de una “estructura social discriminatoria”.

En el acuerdo la fiscalía hizo foco en que el imputado construyó su vida bajo el apellido de otra persona (utilizando ese DNI) porque “tuvo nulas posibilidades” de trabajo como persona trans. “¿Qué opciones laborales reales tenía una persona trans en la dictadura en nuestro país? ¿Qué opciones laborales reales tienen las personas trans actualmente?”, se preguntó el MPF.

Fuente: Fiscales.gob.ar

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