Ushuaia, Tierra del Fuego Lun–Vie: 10–13 hs y 16–20:30 hs · Sáb: 10–13 hs
De la Lenga

“SECRETARÍA DE COMERCIO c/ PRISMA MEDIOS DE PAGO S.A. s/ APREMIO” | Cita Digital: Delalenga 8551

VOCES:

Al respecto cabe señalar que el art. 38 de la ley provincial 962 determina el procedimiento reglado a los fines de cuestionar los aspectos causales, sobre los que porfía en esta instancia el recurrente en orden a la justificación y proporcionalidad de la sanción, cuando ello excede el marco estricto del Juicio de Apremio

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