Ushuaia, 27 de Febrero de 2024. La Disposición 37/24 de la Inspección General de Justicia (IGJ) tiene como objetivo unificar y clarificar los criterios administrativos para el registro, fiscalización y control de diferentes tipos de entidades jurídicas. La disposición se estructura en tres secciones principales, cada una dedicada a un tipo específico de entidad: Personas Jurídicas, Entes Sin Fines de Lucro, y Sociedades Comerciales. A continuación, se detallan los puntos relevantes de cada sección:
I. Personas Jurídicas
Informe de Auditoría: Se requiere un informe de contador público independiente para los estados contables, no aceptándose certificaciones literales ni informes con opinión adversa.
Reuniones a Distancia: Se permiten las reuniones del órgano de administración o gobierno a distancia, siempre cumpliendo con los requisitos de participación simultánea.
Mayorías y Quórum: Se aclara la interpretación de “mayoría absoluta” y se establece que las cláusulas de mayoría calificada no pueden ser modificadas por una mayoría inferior.
Beneficiarios Finales: Se define al beneficiario final en concordancia con la Resolución UIF Nº 112/2021.
Documentos Digitales y Domicilio Social: Se establecen pautas para la presentación de documentos digitales y la determinación del domicilio y sede social.
Denominación y Objeto: Se especifican criterios para la denominación y se precisa cómo debe detallarse el objeto social.
II. Entes Sin Fines de Lucro
Asambleas: Se permite que los estatutos regulen la organización de las asambleas, ya sea por tema o época de celebración.
Reemplazo de Cargos Vacantes: Se detallan los procedimientos para el reemplazo de cargos vacantes, ya sea por renuncia o fallecimiento.
Retribución de Miembros: Se establece que los miembros del Consejo de Administración no pueden percibir honorarios, salvo reembolso de gastos.
Actas y Modificación de Cuota Social: Se aclara el manejo de actas no sujetas a trámites de inscripción y se permite la actualización de la cuota social bajo ciertas condiciones.
III. Sociedades Comerciales
Reforma de Estatuto: Se especifica que no se admitirán cláusulas que establezcan la unanimidad para adoptar decisiones.
S.A.S. Resolución del Órgano de Gobierno: Se detalla el proceso para la resolución del órgano de gobierno en Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S.).
Certificaciones de Firmas: Se establecen los requisitos para la certificación de firmas en documentos digitales.
Principio de Conservación de la Empresa: Se promueve la conservación de la empresa frente a causales de disolución, analizándolas con carácter restrictivo.
Muerte del Socio: Se aborda el procedimiento a seguir ante el fallecimiento de un socio en sociedades de responsabilidad limitada.
Esta disposición enfatiza la necesidad de claridad y eficiencia en la gestión de las entidades jurídicas, procurando un marco regulatorio más accesible y comprensible para todas las partes interesadas, y buscando mejorar la transparencia y el funcionamiento de las entidades bajo la supervisión de la IGJ.