El Juzgado de Familia N.° 7 de San Carlos de Bariloche, en la causa “B. C. H. c/ P. M. s/ Régimen de Comunicación”, dictó sentencia rechazando la demanda del progenitor y otorgando a la madre el cuidado personal unilateral de la adolescente.
El proceso se inició a partir del reclamo del padre, quien denunció impedimentos para vincularse con su hija, atribuidos a supuestas denuncias falsas de la progenitora. Solicitó un régimen comunicacional y medidas provisorias. La madre contestó y reconvino por la custodia exclusiva, alegando un extenso historial de violencia física y psicológica, incluido un intento de femicidio, lo que motivó medidas de exclusión y la entrega de un botón antipánico.
Durante la tramitación, el actor no asistió a las audiencias fijadas y desistió de pruebas relevantes. En contrapartida, la prueba pericial y las constancias de actuaciones anteriores confirmaron los episodios de violencia y la necesidad de preservar la integridad psíquica y física de madre e hija. La adolescente, de quince años, ejerció su derecho a ser oída y manifestó de forma categórica su decisión de no mantener vínculo con su padre, lo que fue respaldado por su asistencia terapéutica y patrocinio letrado.
La jueza Wiesztort fundamentó su decisión en la doctrina de la Cámara de Apelaciones local, que exige al progenitor violento acreditar un cambio real y asumir su responsabilidad antes de pretender vínculos, y en estándares internacionales de la CEDAW, que priorizan el interés superior del niño frente a derechos parentales formales.
En consecuencia, el tribunal rechazó el régimen de comunicación solicitado, reconoció la custodia exclusiva en favor de la madre y dispuso que las costas procesales fueran soportadas por el padre, al considerar la acción como un modo de perpetuar la violencia. El fallo fue unánime.
Versión en lenguaje claro
El Juzgado de Familia de Bariloche decidió que una adolescente siga viviendo solo con su madre y no tenga contacto con su padre.
El padre había pedido visitas, pero la jueza comprobó que existieron graves hechos de violencia, incluso un intento de femicidio. Durante años hubo medidas de protección y la hija recibió apoyo psicológico.
La joven, de quince años, dijo que no quiere ver a su padre y fue escuchada con la asistencia de sus abogados. El padre, además, no asistió a las audiencias y desistió de pruebas.
La jueza sostuvo que, en casos de violencia, el adulto debe demostrar un cambio real y hacerse responsable antes de pedir contacto. También citó organismos internacionales que señalan que el interés superior de niñas y adolescentes está por encima de los derechos formales de los progenitores.
Con esta decisión:
- La madre queda con la custodia exclusiva.
- El padre no tendrá régimen de visitas.
- Él deberá pagar las costas del juicio.
El fallo protege la seguridad y bienestar de la adolescente, garantizando que su deseo y su salud emocional sean respetados.