Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VII, Ciudad de Buenos Aires, “O., G. L. c/ Galeno ART S.A. s/ recurso ley 27.348”. La Sala VII revocó la sentencia de primera instancia que había declarado desierto el recurso del trabajador y confirmado el rechazo de la contingencia denunciada ante la Comisión Médica.
El caso se inició con la denuncia de enfermedades profesionales formulada por el trabajador ante Galeno ART, donde invocó hernia de disco, cervicalgia y tendinitis de los manguitos rotadores de ambos hombros. En la etapa administrativa, el Servicio de Homologación rechazó la contingencia. Luego, el juzgado confirmó esa decisión al entender que el recurso no contenía una crítica concreta y razonada.
Ante la apelación, la Cámara dispuso una pericia médica como medida para mejor proveer. El informe determinó una incapacidad física parcial y permanente del 9,30% por limitación funcional en ambos hombros. También mencionó una incapacidad psíquica del 10%, pero el tribunal la descartó porque esa afección no había sido denunciada oportunamente ni tratada por la Comisión Médica, por lo que admitirla hubiera alterado el objeto del reclamo.
Con base en la incapacidad física acreditada, el salario base mensual actualizado y el adicional del 20% previsto por la ley 26773, la Sala condenó a Galeno ART a pagar $8.083.044,86, más intereses conforme al régimen especial de riesgos del trabajo. También impuso las costas de ambas instancias a la demandada.
La decisión fue unánime entre los jueces votantes: el juez Manuel P. Díez Selva emitió el primer voto y el juez Alejandro Sudera adhirió; el juez Carlos Pose no votó por aplicación del art. 125 de la L.O.
Versión en lenguaje claro
Tema del caso
Un trabajador reclamó una indemnización contra Galeno ART por enfermedades que vinculó con su trabajo.
Antecedentes
El trabajador denunció problemas físicos: hernia de disco, cervicalgia y tendinitis en ambos hombros.
La Comisión Médica rechazó el reclamo. Después, el juzgado también lo rechazó porque consideró que el recurso del trabajador no estaba bien fundado.
La Cámara decidió revisar mejor el caso y ordenó una pericia médica. Una pericia es un informe técnico realizado por una persona especialista.
Decisión final
La Cámara revocó la sentencia anterior.
Tuvo por probado que el trabajador tenía una incapacidad física parcial y permanente del 9,30% por limitación funcional en ambos hombros.
También se había informado una incapacidad psicológica. Pero el tribunal no la aceptó porque el trabajador no la había denunciado al inicio del trámite ante la Comisión Médica. Para los jueces, incorporarla después cambiaba el objeto del reclamo.
Conclusión
Galeno ART deberá pagar $8.083.044,86 más intereses.
La decisión fue unánime entre los jueces que votaron. Un juez emitió el voto principal y otro adhirió. El tercer juez no votó porque la ley permite resolver con dos votos concordantes.
Post Relacionados:
Riesgos del Trabajo: procedimiento ante la Comisión Médica Central
Reconocimiento de daño psíquico en entorno laboral
Padre deberá indemnizar a hija no reconocida por daño psíquico considerado como daño patrimonial
Despido y alta médica: La Cámara Nacional del Trabajo favorece opinión del médico tratante ante la ausencia de una Junta Médica.
Desestimación de Daño Psíquico en Caso de Accidente Laboral
ANEXO – PROCEDIMIENTO ANTE LA COMISIÓN MÉDICA CENTRAL EN TRÁMITES REGULADOS POR LA LEY 24557, SUS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS


