📍 Ushuaia, Tierra del Fuego — Lun–Vie: 10–13hs y 16–20:30hs · Sáb: 10–13hs

A., M. R. Ana c/ Estado Provincial – Instituto de Seguros de Jujuy s/medida autosatisfactiva | Cita Digital: Delalenga 34235

VOCES:

Se revoca la sentencia que resolvió hacer lugar a la medida autosatisfactiva solicitada por la actora y, en consecuencia, ordenó a la demandada que afronte todos los gastos que implique la realización de la cirugía de reemplazo compartimental de rodilla izquierda. El Tribunal señaló que si la obra social tiene convenios celebrados con prestadores que se hallan en condiciones de brindar la prestación médica que en el caso requiere el afiliado, la actora no puede pretender, en principio, en base a su mera voluntad, la intervención de otro prestador. Ello siempre y cuando, resulten valoradas las posibilidades del caso como cuestiones de distancia, de urgencia, de calidad de las prestaciones, etc.

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