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“B. M. L. c/B. P. D. s/alimentos” | Cita Digital: Delalenga 7836

VOCES:

Se hace lugar al pedido de fijación de cuota extraordinaria de alimentos, a fin de reintegrar los gastos que afrontara la accionante para la celebración del cumpleaños del hijo en común. Para así decidir, se tuvo en cuenta que existe una cuota provisoria de alimentos que no contempla los gastos de cumpleaños del menor, y que si bien resulta un gasto previsible -en tanto el niño cumple años todos los años-, no siempre el festejo será igual, por lo que consiste en un gasto extraordinario a cargo de ambos progenitores.

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