Condenan a restituir el precio y pagar daño punitivo por incumplimiento en la venta de casilla

La Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, con sede en la ciudad de Buenos Aires, dictó sentencia en la causa “Estancias La Sirena S.A.A.G. y Otro c/ Marchione, María Delfina s/ Ordinario”. El litigio se originó cuando las actoras reclamaron la devolución del precio abonado por la compra de una casilla de madera que nunca fue entregada, solicitando además la reparación de daños.

En primera instancia se había hecho lugar parcialmente a la demanda: se ordenó el reintegro del dinero con intereses y se reconoció daño moral, pero se rechazó el reclamo por daño punitivo al no considerarse acreditada una conducta dolosa o gravemente culposa de la demandada. Esa decisión motivó el recurso de las actoras, mientras que el recurso de la demandada fue declarado desierto.

La Cámara, con voto del juez Eduardo R. Machin al que adhirió la jueza Matilde E. Ballerini, centró el análisis en la procedencia del daño punitivo. Recordó que el artículo 52 bis de la Ley de Defensa del Consumidor establece este tipo de sanción civil con carácter restrictivo, y que su aplicación requiere la comprobación de dolo o culpa grave y un enriquecimiento indebido.

En el caso, se consideró probado que la demandada incumplió la entrega, omitió restituir el dinero pese a reiterados reclamos, consignó un domicilio falso en la factura y mantuvo un trato evasivo y hostil hacia los empleados de las actoras. Tales conductas fueron corroboradas por peritaje informático y declaraciones testimoniales, configurando una grave afectación de los derechos de las consumidoras.

Sobre esa base, el Tribunal admitió el recurso y condenó a la demandada al pago de $300.000 en concepto de daño punitivo, más intereses en caso de demora injustificada. Las costas de Alzada se impusieron a la parte vencida. La resolución fue adoptada por mayoría de los jueces intervinientes, dado que la vocal Alejandra N. Tevez no participó por encontrarse en uso de licencia.

VERSIÓN EN LENGUAJE CLARO

La Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, en Buenos Aires, resolvió un caso iniciado por Estancias La Sirena S.A.A.G. y Otro contra María Delfina Marchione. Las empresas habían comprado una casilla de madera, pagaron el precio pero nunca la recibieron, por lo que reclamaron la devolución del dinero y una compensación por los daños.

En primera instancia se ordenó reintegrar el dinero con intereses y se reconoció un daño moral, pero se rechazó el pedido de daño punitivo al entender que no estaba probada una conducta grave de la vendedora.

La Cámara revisó esta decisión. Explicó que la Ley de Defensa del Consumidor permite aplicar el daño punitivo cuando el proveedor actúa con intención de perjudicar o con una negligencia muy grave, obteniendo un beneficio indebido.

En este caso, se comprobó que la demandada nunca entregó la casilla, no devolvió el dinero pese a numerosos reclamos, consignó un domicilio falso en la factura y mantuvo un trato evasivo y hostil con el personal de las actoras. Estas pruebas, confirmadas por peritajes y testimonios, mostraron un comportamiento que afectó seriamente los derechos de las consumidoras.

Por mayoría, el tribunal condenó a la demandada a pagar 300.000 pesos en concepto de daño punitivo, más intereses si se demora en el cumplimiento, y le impuso las costas de la apelación.

Con este fallo, la Cámara reafirma que los incumplimientos graves y las conductas engañosas contra los consumidores no solo obligan a devolver el dinero sino que también pueden ser sancionados con multas ejemplares.

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