📍 Ushuaia, Tierra del Fuego — Lun–Vie: 10–13hs y 16–20:30hs · Sáb: 10–13hs

“O. V. C/ G. N. R. A. S/ AUTORIZACIÓN JUDICIAL” | Cita Digital: Delalenga 8482

VOCES:

Al respecto, esta Sala ha tenido oportunidad de pronunciarse sobre el tópico en los autos “G. M. A. C/ V. E. J.F. S/ AUTORIZACIÓN JUDICIAL” -sentencia del 4 de diciembre de 2019-. En los cuales se sostuvo que “…se requiere como presupuesto que haya mediado oposición de la parte que resulta vencida en el litigio y solo a partir de que ello haya ocurrido podrá meritarse su distribución de acuerdo con las reglas que establece el ordenamiento procesal…”.

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