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De la Lenga

“B., J. A. C/P., M S/RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN” | Cita Digital: Delalenga 18995

VOCES: • • • •

Se confirma la providencia que tuvo presente el pedido de audiencia con el fin de recomponer la relación con su nieto para ser considerado con el resultado del proceso de revinculación del niño con su padre, pues resulta conveniente no establecer ningún nuevo cambio en su cotidianidad, que no esté vinculado con el proceso de revinculación que está realizando el menor con su papá. Es crucial que las relaciones se vayan reestableciendo de modo paulatino y gradual para garantizar la estabilidad emocional del niño, dando prioridad al proceso de revinculación del niño con su papá, dando tiempo a que tanto el niño como sus progenitores puedan confiar en modalidades vinculares seguras y estables que permitan continuar con el desarrollo de los vínculos familiares y en la construcción de modalidades y pautas de crianza que entonen afectivamente con el niño y faciliten su crecimiento.

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