En un reciente fallo del Superior Tribunal, se ha rechazado la planilla de liquidación propuesta por la Caja de Previsión Social de Tierra del Fuego, tras identificar errores en el cálculo de intereses y en la imputación de pagos. El caso surgió a partir de la impugnación presentada por un afiliado, quien argumentó que la liquidación no reflejaba correctamente los montos adeudados. El tribunal intervino, determinando la necesidad de una revisión y recalculación de la deuda.
La sentencia del tribunal especifica que los intereses deben recalcularse usando una tasa promedio, que será la media entre la tasa de interés máxima activa y la mínima pasiva del Banco de Tierra del Fuego. Esta metodología busca ofrecer un cálculo más equitativo y representativo del contexto económico regional.
Además, el STJ ha puesto en pausa temporalmente el proceso de embargo de un automotor asociado al caso, esperando que se resuelvan las discrepancias en la liquidación. El tribunal ha ordenado que se realice una nueva liquidación, que deberá tomar en cuenta todos los depósitos realizados por el afiliado y aplicar correctamente los intereses, empezando por los más antiguos, para asegurar la precisión y justicia en la determinación de la deuda.
Contenido exclusivo para miembros
Inicia sesion o adquiri una membresia para ver este PDF.
TE PUEDE INTERESAR
Post Relacionados:
Resolución 3/2025 – REGISTRO NACIONAL DE ARMAS. Apruébase la implementación del trámite digital denominado “CLU DIGITAL”, para acceder a la condición de legítimo usuario de armas de fuego de uso civil, uso civil condicional y materiales de usos especiales, en el marco del Plan de Transformación Digital Integral del REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (RENAR)
LEY 1120 – CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO (CPSPTF). – OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO (OSPTF): MODIFICACIÓN
Disposición 34/2026 Presidencia Caja Previsión Social Suplantar el Anexo I de la Resolución de Directorio 28/2026 que aprueba la Cuenta de Inversión del Ejercicio 2025 de esta Caja de Previsión Social de la Provincia de Tierra del Fuego (CPSPTF)
Decreto 9316/46 – Secretaría de Trabajo y Previsión – Decláranse computables los servicios prestados sucesiva o simultáneamente bajo los regímenes de cada una de las secciones del Instituto Nacional de Previsión Social y la Caja Municipal de Previsión Social de la Ciudad de Buenos Aires
Administración Federal De Ingresos Públicos C/ Caja De Previsión Social Para Abogados Pcia. Bs As s/acción meramente declarativa | Cita Digital: Delalenga 34533
“EL GOTAS, Aurelio Ismael c/ CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PCIA. DE TDF s/ AMPARO POR MORA” | Cita Digital: Delalenga 6377

