Ushuaia, Tierra del Fuego Lun–Vie: 10–13 hs y 16–20:30 hs · Sáb: 10–13 hs
De la Lenga

Cámara penal confirmó rechazo a perito de parte en entrevista a denunciante

La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, se expidió en la causa “D., R. E. s designación de perito”, donde analizó un recurso de apelación presentado por la defensa del imputado contra la decisión del juez instructor que había rechazado la designación de un perito de parte para intervenir en una diligencia realizada por el organismo estatal CENAVID.

La investigación se originó a partir de una denuncia radicada ante la Oficina de Violencia Doméstica, en la que la presunta víctima relató hechos de abuso sexual y lesiones. Posteriormente, durante la tramitación judicial, manifestó que no se encontraba en condiciones psicofísicas de afrontar el proceso penal respecto de los hechos denunciados, aunque mantuvo el relato de lo ocurrido y expresó su disposición a aportar elementos que permitieran corroborarlo. En ese contexto, el juez de instrucción dispuso solicitar a la Dirección Nacional de Atención Integral a las Víctimas y Acceso a la Justicia (CENAVID) un informe basado en una entrevista con la denunciante, a fin de conocer su estado actual y su disposición frente al trámite del proceso.

La defensa del imputado solicitó la designación de un perito de parte para intervenir en esa diligencia. El juzgado rechazó el pedido al considerar que la entrevista no constituía una pericia en sentido técnico sino una diligencia informativa dentro de la etapa de instrucción. Contra esa decisión se interpuso recurso de apelación.

La Cámara confirmó el rechazo. Los jueces Julio Marcelo Lucini y Magdalena Laíño sostuvieron que la entrevista realizada por el CENAVID era una diligencia simple, comprendida dentro de las facultades del juez instructor para dirigir la investigación conforme al artículo 199 del Código Procesal Penal de la Nación. Señalaron que el informe no implicaba una prueba pericial regulada por los artículos 253 y siguientes del código procesal, sino una herramienta para conocer la situación de vulnerabilidad de la denunciante y su disposición frente al proceso. También destacaron que en la causa ya se había ordenado una pericia psicológica y psiquiátrica formal a cargo del Cuerpo Médico Forense, la cual no se concretó debido a la inasistencia de la denunciante.

La decisión fue adoptada de manera unánime por los jueces intervinientes, quienes concluyeron que los agravios de la defensa resultaban insustanciales frente a la naturaleza de la diligencia cuestionada. En consecuencia, confirmaron el decreto recurrido.

Versión en lenguaje claro

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional resolvió un planteo presentado por la defensa de un imputado en una causa por abuso sexual y lesiones.

Qué ocurrió

  • La denuncia se inició en la Oficina de Violencia Doméstica.
  • La mujer relató hechos de abuso sexual y lesiones.
  • Luego dijo que no estaba en condiciones emocionales de afrontar el proceso penal, aunque mantuvo su relato.

Para conocer su situación actual, el juez pidió un informe al CENAVID. Ese organismo entrevista a víctimas y evalúa su estado frente al proceso judicial.

Qué pidió la defensa

La defensa del imputado solicitó que un perito propio participara en esa entrevista. Argumentó que debía controlar cómo se producía ese informe.

Qué decidió la Cámara

La Cámara confirmó la decisión del juez y rechazó el pedido.

Explicó que la entrevista del CENAVID no es una pericia judicial. Es solo una diligencia informativa que ayuda al juez a entender la situación de la víctima.

Por ese motivo, no corresponde que intervenga un perito de parte.

El tribunal también recordó que en la causa ya se había ordenado una pericia psicológica y psiquiátrica oficial a cargo del Cuerpo Médico Forense. Esa pericia no se realizó porque la denunciante no se presentó.

Consecuencia del fallo

La investigación continúa sin intervención de peritos de parte en ese informe. La Cámara confirmó así el criterio del juez sobre cómo dirigir la etapa inicial del proceso penal.

Compartir en redes:

Novedades

Resolución 077/2025 Consejo Superior del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Tierra del Fuego – Aprobar ad-referéndum de la próxima asamblea extraordinaria de matriculados, la Circular 11 de Adopción de Pronunciamientos Emitidos por el IAASB y el IESBA “MODIFICACIONES DE ALCANCE LIMITADO A LA NIA 700 (REVISADA) Y LA NIA 260 (REVISADA) COMO RESULTADO DE LAS REVISIONES AL CÓDIGO IESBA QUE REQUIEREN QUE UNA FIRMA INFORME PÚBLICAMENTE CUANDO HA APLICADO LOS REQUERIMIENTOS DE INDEPENDENCIA PARA LAS ENTIDADES DE INTERÉS PÚBLICO (EIP)”

Ver más »
Nuestro equipo de atención al cliente está aquí para responder a sus preguntas. ¡Pregúntenos cualquier cosa!