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De la Lenga

El Gobierno Nacional reglamentó la atención de extranjeros sin residencia permanente

El Ministerio de Salud de la Nación aprobó, mediante la Resolución 1066/2026, un procedimiento operativo para la atención de personas extranjeras en establecimientos sanitarios administrados por el Estado nacional. El régimen establece diferencias según la condición migratoria del paciente y el carácter urgente o habitual de la prestación solicitada.

Las personas que acrediten residencia permanente continuarán accediendo al sistema público en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos. Para ello deberán presentar el DNI vigente para extranjeros donde conste esa categoría migratoria. En situaciones de extravío o renovación, podrán utilizar transitoriamente una constancia de la Dirección Nacional de Migraciones acompañada por un documento identificatorio.

En cambio, quienes no acrediten residencia permanente deberán presentar un seguro de salud válido y suficiente o abonar anticipadamente el arancel correspondiente cuando soliciten prestaciones habituales o programadas. Si la cobertura resulta insuficiente, el paciente tendrá que cancelar la diferencia.

La resolución garantiza que las emergencias sean atendidas inmediatamente, sin que las verificaciones administrativas o económicas puedan demorar la evaluación, estabilización y asistencia del paciente. Esta excepción comprende los casos en los que exista riesgo cierto e inminente para la vida, un órgano o una función, así como aquellos que requieran intervención urgente para evitar daños graves o irreversibles. La determinación quedará exclusivamente a cargo del profesional responsable.

El procedimiento también regula la documentación, facturación y gestión de cobro frente a aseguradoras. Los establecimientos deberán notificar el ingreso, conformar un legajo, valorizar las prestaciones y emitir la factura correspondiente. Las compañías dispondrán de cuarenta y cinco días corridos para efectuar el pago.

La medida alcanza solamente a establecimientos dependientes del Estado nacional. Su aplicación exigirá adecuar los circuitos de admisión, auditoría, documentación y facturación, preservando como principio central que ninguna gestión administrativa puede retrasar la atención de una emergencia sanitaria.

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