📍 Ushuaia, Tierra del Fuego — Lun–Vie: 10–13hs y 16–20:30hs · Sáb: 10–13hs

Giadas, Leila Eleonora y otros c/Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia | Cita Digital: Delalenga 20221

VOCES:

Debe declararse la inconstitucionalidad de la ordenanza 3024 de la Municipalidad de Ushuaia, en cuanto establece los derechos y deberes de los abogados que se desempeñen en relación de dependencia con el Municipio, y en cuanto dispone el modo en que se distribuirán los honorarios a cuyo pago se condenó a la parte contraria, toda vez que tanto el derecho a la regulación como al cobro de los honorarios no tiene origen ni es consecuencia de esa relación de empleo público, sino que su naturaleza alimentaria es causada por el sólo hecho de ejercer la profesión (voto en disidencia del Dr. Sagastume).

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