En un proceso de compensación económica, los magistrados desestimaron la solicitud de caducidad de instancia presentada por el demandado. La Sala M de la Cámara Nacional Civil constató, mediante testimonios y el análisis de mensajes de WhatsApp, que las partes mantenían contacto y realizaban actividades conjuntas, lo que evidenciaba la continuidad de la relación convivencial. La causa del cese fue atribuida a la decisión unilateral del demandado, manifestada únicamente al enviar una carta documento a la actora, notificando la finalización del vínculo. En consecuencia, se rechazó la caducidad de instancia, asegurando el curso del proceso compensatorio.
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Intercambio de mensajes y Carta Documento fueron suficientes para desestimar la Caducidad de Instancia
