Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Bertotto c/ Centro de Salud Norte Privado”
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto una sentencia de la Sala K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que, en una causa por mala praxis médica, había condenado a los demandados, extendido la condena a la aseguradora y declarado inoponible la franquicia prevista en la póliza.
El caso se inició con una demanda de daños y perjuicios por presunta mala praxis médica. En primera instancia, el reclamo fue rechazado. La actora apeló y cuestionó la valoración de la prueba vinculada con la responsabilidad de los demandados. Al resolver, la Cámara revocó el fallo, admitió la demanda y, además, decidió que la franquicia invocada por la aseguradora no podía oponerse a la víctima.
La citada en garantía recurrió ante la Corte. Sostuvo que la Cámara había afectado el principio de congruencia, porque la inoponibilidad de la franquicia no había sido planteada por las partes ni formaba parte del debate procesal.
El Máximo Tribunal hizo lugar a la queja, declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada. Consideró que los jueces de Cámara resolvieron extra petita, es decir, sobre una cuestión que no integraba la controversia. Recordó que la jurisdicción de los tribunales de alzada está limitada por los términos en que quedó trabada la litis y por el alcance de los recursos concedidos.
Para la Corte, al decidir sobre la franquicia sin que existiera planteo de parte, se modificaron los términos del litigio y se lesionó la garantía de defensa en juicio. La decisión fue unánime, con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
Versión en lenguaje claro
Tema del caso
La Corte Suprema analizó si una Cámara podía declarar inoponible una franquicia de seguro cuando ese tema no había sido pedido ni discutido por las partes.
Antecedentes
El caso comenzó con una demanda por daños y perjuicios por presunta mala praxis médica.
El juez de primera instancia rechazó la demanda. Luego, la actora apeló. Su recurso se centró en la valoración de la prueba y en la responsabilidad de los demandados.
La Cámara revocó la sentencia, hizo lugar al reclamo y extendió la condena a la aseguradora. Además, declaró que la franquicia del seguro no podía oponerse a la víctima.
Decisión final
La aseguradora llevó el caso a la Corte Suprema. Sostuvo que la Cámara había resuelto algo que nadie había pedido.
La Corte le dio la razón. Explicó que los tribunales no pueden decidir fuera de los temas planteados por las partes. A eso se lo llama principio de congruencia.
También señaló que resolver sobre una cuestión no debatida afecta el derecho de defensa. Las partes deben saber qué se discute para poder responder.
Por eso, dejó sin efecto la sentencia y ordenó dictar un nuevo fallo. La decisión fue unánime.
Conclusión
La Corte no resolvió el fondo del reclamo por mala praxis ni definió si correspondía o no aplicar la franquicia.
Lo central fue procesal: los jueces deben respetar los límites del caso. No pueden agregar temas que las partes no discutieron.
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