La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la causa “ASSUPA y otros c/ Y.P.F. S.A. y otros s/ daño ambiental”, rechazó la medida cautelar urgente solicitada por la Asociación de Superficiarios de la Patagonia en el marco de un proceso por presunto daño ambiental en la Cuenca Neuquina.
La actora había pedido que se ordenara la recomposición progresiva de la zona en litigio, la intervención de la Universidad de Buenos Aires para realizar mediciones ambientales por etapas semestrales y la participación de ASSUPA en la elaboración y control de los planes de mitigación o remediación.
Fundó su planteo en supuestos incidentes ambientales registrados en 2021 y en un relevamiento geoespacial realizado por Astecna S.A., que —según sostuvo— acreditaría el deterioro ambiental de la cuenca.
El Tribunal recordó que toda cautelar exige acreditar verosimilitud del derecho y peligro en la demora. En materia ambiental, además, deben considerarse los principios precautorio y preventivo. Sin embargo, entendió que la presentación no cumplía esos requisitos.
La Corte señaló que el pedido era indeterminado, porque no conectaba hechos dañosos concretos con la actividad de alguna demandada ni localizaba con mínima precisión los focos contaminantes. También remarcó que su competencia estaba limitada al daño ambiental colectivo sobre recursos interjurisdiccionales, y que ASSUPA no explicó cómo los hechos invocados excedían la jurisdicción neuquina.
Además, descartó que el informe geoespacial permitiera tener por acreditado un daño ambiental atribuible a sujetos específicos.
Por ello, el Tribunal resolvió rechazar la medida cautelar solicitada. La decisión fue adoptada con la firma de Horacio Rosatti, Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas, Rocío Alcalá y Silvina Andalaf Casiello.
Versión en lenguaje claro
Tema del caso
El caso trató sobre un pedido urgente para ordenar tareas de control y recomposición ambiental en la Cuenca Neuquina.
Antecedentes
ASSUPA demandó a YPF y a otras empresas petroleras por presunto daño ambiental.
Luego pidió una medida cautelar. Una cautelar es una decisión provisoria que busca evitar un daño mientras continúa el juicio.
La asociación solicitó que se ordenara la recomposición progresiva del ambiente. También pidió que la Universidad de Buenos Aires hiciera estudios técnicos y que ASSUPA participara en el control de esas tareas.
Decisión final
La Corte Suprema rechazó el pedido.
El Tribunal dijo que la actora no precisó hechos concretos. No indicó con claridad dónde se habrían producido los daños. Tampoco explicó qué empresa habría causado cada afectación.
La Corte también remarcó que su competencia en esta causa se limita al daño ambiental colectivo sobre recursos interjurisdiccionales. Es decir, recursos que involucran a más de una jurisdicción. Según el fallo, ASSUPA no explicó ese punto.
Conclusión
La Corte dejó una regla práctica clara.
En materia ambiental rigen los principios precautorio y preventivo. Pero eso no elimina la necesidad de explicar los hechos básicos del caso.
Quien pide una cautelar ambiental debe identificar el daño, ubicarlo territorialmente y vincularlo con los sujetos demandados.
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