La Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, integrada por los jueces Horacio L. Días y Eugenio C. Sarrabayrouse, intervino en el recurso de casación interpuesto por la defensa de Israel Llanos Flores, condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.º 24 a ocho años de prisión como autor de abuso sexual con acceso carnal reiterado y tentativa de abuso sexual simple.
El tribunal de origen había rechazado los planteos de nulidad formulados por la defensa: uno por la incorporación por lectura de la declaración de la víctima —una menor al momento de los hechos—, y otro por la supuesta falta de intervención de la asesoría de menores. La defensa sostuvo que la lectura de la Cámara Gesell, efectuada cuando la víctima ya era mayor de edad, vulneraba el derecho a controlar la prueba y violaba el principio de oralidad previsto en el art. 391 del CPPN.
La Sala II consideró que el recurso era formalmente admisible, pero infundado. El juez Días destacó que la defensa tuvo oportunidad de controlar la prueba al haber sido notificada de la realización de la Cámara Gesell, y que el Tribunal Oral había dejado abierta la posibilidad de convocar a la víctima durante el debate, lo que la defensa no requirió. Añadió que la nulidad no puede declararse sin demostración de un perjuicio concreto y que, en este caso, no se afectó el derecho de defensa, priorizándose además evitar la revictimización de la joven.
Respecto del segundo agravio, la Cámara concluyó que los hechos juzgados ocurrieron cuando la víctima tenía ocho años y el acusado diecinueve, por lo que no correspondía la intervención de un defensor de menores. En cuanto al planteo sobre la calificación legal, el tribunal confirmó que las pruebas acreditaban el acceso carnal reiterado, dada la coherencia, credibilidad y persistencia del relato de la víctima.
Con el voto coincidente de los jueces Días y Sarrabayrouse —sin intervención del juez Jantus conforme al art. 23 del CPPN—, la Sala II rechazó el recurso de casación y confirmó íntegramente la condena con costas.
“…la declaración en Cámara Gesell constituye un anticipo extraordinario de prueba cuando se realiza bajo control de las partes, y su incorporación por lectura no vulnera el derecho de defensa si la defensa fue debidamente notificada y pudo intervenir.” (juez Horacio Días)
“…la nulidad procesal sólo procede cuando el vicio afecta un derecho o interés legítimo y causa un perjuicio irreparable; no puede declararse en abstracto ni por meras irregularidades formales.” (juez Horacio Días)
“…la ponderación entre el derecho de defensa y la protección psicofísica de la víctima debe realizarse en cada caso concreto, atendiendo a la razonabilidad de evitar la revictimización.” (juez Eugenio Sarrabayrouse)
“…las declaraciones de la víctima fueron coherentes, persistentes y verosímiles, corroboradas por informes psicológicos, lo que acredita el acceso carnal reiterado.” (juez Horacio Días)
Contenido exclusivo para miembros
Inicia sesion o adquiri una membresia para ver este PDF.
Post Relacionados:
Resolución 3/2025 – REGISTRO NACIONAL DE ARMAS. Apruébase la implementación del trámite digital denominado “CLU DIGITAL”, para acceder a la condición de legítimo usuario de armas de fuego de uso civil, uso civil condicional y materiales de usos especiales, en el marco del Plan de Transformación Digital Integral del REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (RENAR)
LLANOS, ERMINDO EDGARDO MARCELO s/RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD | Cita Digital: Delalenga 37510
La Corte Revoca la Caducidad en Caso de Accidente Fatal, Cita la Omisión de Protección a los Derechos del Niño
“RAMIREZ ADAMES, Francisco c/ CIRELLI, David Israel s/DIFERENCIAS SALARIALES” | Cita Digital: Delalenga 7209
“M., V. R. S/ RECURSO DE CASACIÓN” (‘M., V. R. S/ RECURSO DE APELACIÓN RECHAZO DE REPARACIÓN INTEGRAL S/ RECURSO DE QUEJA) | Cita Digital: Delalenga 43989
“FLORES MARTIN, EDER LUIS c/EN-M INTERIOR OP Y V-DNM s/RECURSO DIRECTO DNM” | Cita Digital: Delalenga 84381

