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M. L. (M) s/ venia judicial | Cita Digital: Delalenga 14795

VOCES:

El Director General del Registro Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de Santa Cruz solicitó, en los términos de la Ley de Identidad de Género, la venia judicial para la rectificación de la partida de nacimiento de un joven de 15 años que había solicitado en sede administrativa la supresión de un prenombre femenino por su prenombre elegido masculino, manteniendo el sexo registral como femenino. El Juez hizo lugar a la pretensión. Realizó un repaso de los desarrollos teóricos acerca de la performatividad de género, preconceptos de género-sexo, postulaciones culturales biologicistas y hegemónicas, la construcción de identidades, los roles y categorías culturales, nociones de masculinidad y feminidad, sobre los cuerpos en general y en particular en algunos casos, y el activismo por los derechos de identidad de género. Destacó que “las posibilidades fuera de la concepción binaria (y aún de la opción no binaria), siguen siendo múltiples (…) Mas allá de todo lo expuesto, entendiendo que las modificaciones legislativas tardarán en interpretar y hacerse eco de los requerimientos del entramado social”.

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