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M. M. M. s/ denuncia infracción del artículo 119 Código Penal de la Nación | Cita Digital: Delalenga 14807

VOCES:

El Juzgado de Recursos remitió al Tribunal Superior de Justicia copia de dos escritos de apelación en el marco de un proceso penal por delitos contra la integridad sexual, para determinar si algunas expresiones del abogado y abogada defensora constituían una inconducta profesional. El Juez ordenó a los abogados que extremaran recaudos para que la redacción de sus escritos respete a las demás partes del proceso. Los letrados en su descargo manifestaron que no había sido su intención afectar a las víctimas, sino la intensidad y mejor defensa de su asistido y su asistida respectivamente, ante una acusación grave. El Tribunal Superior de Justicia advirtió que “los términos degradaron y humillaron, no solo a las niñas denunciantes, sino también a la perito que intervino”. Observó que “los términos excedieron el límite de la defensa de sus representados para convertirse en verdaderas ofensas”. Finalmente, resolvió recomendar al abogado y la abogada que en sus presentaciones eviten usar términos como los analizados, y además ordenarles que realicen una capacitación obligatoria en género y violencia contra las mujeres, o acrediten que la han realizado.

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