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Resolución 216/2026 – MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA. Apruébase el MANUAL OPERATIVO del PROGRAMA FEDERAL DE PROTECCIÓN DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

Resolución 633/2025, que creó el Programa Federal de Protección de Niñez y Adolescencia, mediante la aprobación de sus instrumentos operativos.

El programa se desarrolla durante veinticuatro meses y comprende adhesión, diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación final.

Cada jurisdicción debe formular un Plan de Acción Provincial que aborde fortalecimiento familiar, violencias, bienestar emocional y falta de cuidados parentales. La asistencia financiera no reintegrable se distribuye en tres desembolsos semestrales, condicionados al cumplimiento de metas, certificaciones y rendiciones aprobadas.

Se establecen registros trimestrales, trazabilidad de las intervenciones, monitoreo técnico y sanciones ante incumplimientos, incluida la suspensión de pagos, caducidad del beneficio y reintegro de fondos.

La medida reglamenta operativamente el sistema federal previsto por la Ley 26061 y se integra con la Convención sobre los Derechos del Niño, el artículo 75, inciso 22, de la Constitución Nacional y las Leyes 24156 y 19549.

Frente al régimen anterior, incorpora procedimientos concretos, indicadores verificables y controles financieros para transformar los lineamientos generales del programa en obligaciones ejecutables.

El Anexo I contiene el Manual Operativo. Define el modelo de gestión, los núcleos prioritarios —fortalecimiento familiar, violencias, bienestar emocional y niños sin cuidados parentales—, los estándares, las etapas, los indicadores, los gastos elegibles, las rendiciones y las sanciones.

El Anexo II establece el modelo de convenio entre la Nación y cada provincia o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Determina obligaciones, vigencia, transferencias, controles, auditorías, incumplimientos y restitución de fondos.

El Anexo III incorpora el esquema de pagos: prevé tres desembolsos condicionados a la aprobación del diagnóstico, el Plan de Acción Provincial, los avances semestrales y las rendiciones; el cuarto semestre se destina al cierre sin nueva transferencia.

El Anexo IV contiene la declaración jurada sobre aplicación de fondos y la planilla para individualizar facturas, proveedores, comprobantes, pagos e importes rendidos. La regulación transforma los lineamientos generales del programa en obligaciones técnicas y financieras verificables.

Se integra con la Ley 26061, su Decreto Reglamentario 415/2006, la Ley 24156 y el sistema federal de protección integral de derechos.

Anexo I

Anexo II

Anexo III

Anexo IV

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