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RESOLUCIÓN PLENARIA 68/2025 – TRIBUNAL DE CUENTAS – “DA RESPUESTA A LA INTERVENCIÓN SOLICITADA POR EL MINISTRO DE ECONOMÍA” S/TRAMITACIÓN DE NUEVO CRÉDITO — LEY DE EMERGENCIA DE SEGURIDAD PÚBLICA ADQUISICIÓN RODADOS

El procedimiento analizado por el Tribunal de Cuentas tiene origen en el Expediente MEC-E-23777-2025, caratulado “Tramitación de nuevo crédito – Ley de Emergencia de Seguridad Pública – Adquisición de Rodados”, iniciado a partir de la solicitud formulada por el Ministro de Economía, C.P. Francisco R. Devita, para obtener financiamiento destinado a la adquisición de vehículos para el sistema integral de seguridad.

La intervención del Tribunal se desarrolló conforme a lo establecido en el artículo 2 inciso i) de la Ley provincial 50, que faculta al organismo a emitir asesoramiento en materia de su competencia. El análisis jurídico y contable se estructuró sobre la base del cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales para la concertación de deuda pública.

En primer lugar, el Informe Legal INF-SL-56-2025 examinó el encuadre normativo, citando como marco principal el artículo 70 de la Constitución provincial y las leyes provinciales 495 (Administración Financiera), 487 (Compromiso Fiscal) y 1573 (Emergencia en Seguridad Pública). Se constató el cumplimiento de los cuatro requisitos constitucionales: autorización legislativa con mayoría agravada, objeto determinado (adquisición de rodados), prohibición de uso para gastos corrientes y límite del 25% del endeudamiento respecto de los recursos ordinarios.

Por su parte, el Informe Contable INF-TCP-SC-143-2025 evaluó la capacidad de endeudamiento de la provincia, concluyendo que el nuevo compromiso financiero proyectado —hasta UVA 2.000.000— no superaría el límite constitucional, alcanzando un 4,55% de los recursos ordinarios netos. Se verificó asimismo que las condiciones crediticias pactadas con el Banco de Tierra del Fuego (agente financiero provincial) se encontraban dentro de parámetros de mercado, conforme al REM del BCRA.

El procedimiento fue validado administrativamente, tanto en su razonabilidad financiera como en su legalidad sustancial, con sugerencias de control futuro a través del Grupo Especial de Control de Deuda Pública, conforme la Resolución Plenaria 308/2022. Se recomendó, además, la intervención de la Fiscalía de Estado en virtud de la práctica administrativa previa.

El Tribunal de Cuentas Resuelve, compartir y hacer propios los términos de los Informes Legal y Contable citados, notificar al Ministro de Economía y a las dependencias técnicas intervinientes y disponer el archivo administrativo del expediente, reservando su control posterior conforme al régimen legal aplicable.

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