Responsabilidad en el Transporte de Mercaderías: Cláusulas Abusivas y Condena a Empresa por Daño en Encomienda

El fallo judicial del Juzgado de Paz de la Primera Circunscripción de San Antonio Oeste, provincia de Río Negro, condenó a una empresa transportista a indemnizar a una consumidora por daños ocasionados a una encomienda. Este caso se citó bajo “P., L. B. c/ Vía Cargo SA S/ acción de menor cuantía – daños y perjuicios“.

El tribunal encontró que la transportista había incumplido su obligación de prestar servicios diligentes y eficientes en la entrega de mercancías, según lo estipulado por la Ley de Defensa del Consumidor. Además, la empresa no logró proporcionar respuestas adecuadas ni soluciones a las quejas presentadas por la demandante.

La empresa defendió su posición alegando que la consumidora firmó un contrato que exoneraba a la empresa de la responsabilidad por el contenido y limitaba la responsabilidad por daños o extravíos debido a embalajes deficientes con un tope de $10.000. Sin embargo, la jueza Giannina Olivieri consideró que estas cláusulas eran abusivas e ineficaces.

La jueza resolvió que estaba comprobado que el daño a la mercancía era debido a la deficiente prestación de servicios de la empresa y no a causas ajenas. Por tanto, consideró que la empresa era responsable de la prestación deficiente.

En cuanto a la indemnización por daños y perjuicios, se determinó que el consumidor tenía derecho a exigir el cumplimiento forzado de la obligación, aceptar otro producto o rescindir el contrato, sin perjuicio de las acciones por daños y perjuicios correspondientes, como se estipula en el artículo 40 de la Ley 24.240.

La demandante solicitó una suma de $39.615 por daños materiales, que fue considerada procedente junto con los intereses correspondientes. Además, la jueza concedió daños morales por la falta de respuesta y consideración hacia las quejas de la demandante.

Respecto a la multa por daños punitivos, la jueza dictaminó que procedían debido al reconocimiento público de la empresa en el sector del transporte de mercancías y encomiendas, especialmente en la zona patagónica donde tenía exclusividad. En consecuencia, la compensación total ascendió a $258.000 más intereses.

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