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RAMOS JOSÉ LUIS C/ESTADO NACIONAL s/INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO | Cita Digital: Delalenga 32431

VOCES:

En el histórico fallo “Ramos”, se dictaminó que el Estado Nacional – Ministerio de Defensa – debía pagar al demandante la indemnización prevista por el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, junto con los salarios caídos y preaviso. La Armada Argentina había rescindido el contrato de locación de servicios del demandante, celebrado bajo el régimen del decreto 4381/73, citando restricciones presupuestarias impuestas por la ley 24.938.

El fallo del caso “Ramos” representó un hito en la protección de los derechos laborales, subrayando la importancia de la estabilidad laboral y la expectativa legítima de permanencia. La Corte determinó que el Estado, tras renovar el contrato del demandante durante veintiún años, generó en él una expectativa legítima de permanencia laboral. Esto mereció la protección que el artículo 14 bis de la Constitución Nacional brinda al trabajador contra el despido arbitrario, y como resultado, fue procedente el reclamo indemnizatorio.

Este caso sentó un importante precedente en la jurisprudencia argentina en cuanto a los derechos de los trabajadores en contratos de locación de servicios con el Estado, y la expectativa legítima de permanencia en el trabajo.

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