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LEY 1074 – AGENCIA DE RECAUDACIÓN FUEGUINA (AREF): CREACIÓN

Creación de la Agencia de Recaudación Fueguina como órgano central de administración tributaria provincial

La Ley 1074 de la Provincia de Tierra del Fuego crea la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) como entidad autárquica en el ámbito del Poder Ejecutivo, con el objetivo de centralizar, modernizar y optimizar la administración tributaria provincial . La norma establece un cambio estructural respecto del esquema previo, desplazando modelos dispersos de gestión fiscal hacia un organismo especializado con competencias amplias en materia de determinación, fiscalización, percepción y recaudación de tributos provinciales. Posteriormente, ha sido objeto de reformas —entre ellas la incorporada por la Ley 1580— que profundizan su autonomía funcional y ajustan su estructura organizativa para mejorar la eficiencia recaudatoria y el control fiscal.

El articulado define a la AREF como autoridad de aplicación del sistema tributario provincial, facultándola para dictar normas reglamentarias, fiscalizar contribuyentes, aplicar sanciones y ejecutar créditos fiscales, en consonancia con principios del derecho tributario argentino como legalidad, razonabilidad y capacidad contributiva. Asimismo, organiza su gobierno interno mediante un director ejecutivo y estructuras técnicas, y prevé mecanismos de coordinación con otros organismos públicos, lo que refuerza su carácter técnico-operativo.

La norma también regula aspectos vinculados a la gestión de la información fiscal, la implementación de sistemas informáticos y la profesionalización del personal, incorporando herramientas propias de administraciones tributarias modernas. En cuanto a su integración normativa, se vincula directamente con el Código Fiscal provincial y con los principios constitucionales en materia tributaria, en particular los derivados de los artículos 4, 16 y 75 inciso 2 de la Constitución Nacional.

Desde una perspectiva crítica, la creación de la AREF representa un avance significativo en la institucionalización de la política fiscal provincial, aunque su eficacia depende de la transparencia en el ejercicio de sus amplias facultades, el control sobre su actuación y la adecuada articulación con el resto del sistema tributario.

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