La Sala Civil de la Cámara de Apelaciones del Distrito Judicial Norte rechazó la queja por extemporánea, asimismo concluyó que el recurso de apelación contra la sentencia final se hizo fuera del plazo. La accionada sostiene que la notificación electrónica de la sentencia definitiva es irrita, en tanto no se han cumplido con los requisitos legales. La sentencia pudo leerse en el sistema Kayan pero no tiene fecha precisa, no lleva firma del juez y carece de los datos del registro.
Si bien resulta desaconsejable que los datos mencionados no estén consignados en el sistema, la parte perjudicada por el decisorio pudo ejercer su derecho de defensa, es decir pudo conocer el contenido de lo sentenciado. Su apelación fue tardía.
Respecto de la correcta fundamentación, el recurso debe contener una crítica o censura de las motivaciones de la sentencia apelada. Asimismo, la expresión de agravios debe indicar, punto por punto los errores, omisiones y deficiencias que se atribuyen al pronunciamiento jurisdiccional. Por último, debe ser razonada.
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