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Cámara Comercial confirma rechazo de ejecución por falsedad de firma en pagaré

La Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de la Ciudad de Buenos Aires se pronunció en la causa “Ares de Parga, Juan José c/ Mancini, Paola s/ ejecutivo”, donde se debatía la validez de un pagaré cuya ejecución había sido promovida por el actor contra la demandada.

El proceso se inició mediante una acción ejecutiva fundada en un pagaré que el actor atribuyó a la demandada. Durante el trámite del juicio, la ejecutada opuso la excepción de falsedad de título, sosteniendo que la firma estampada en el documento no le pertenecía. En primera instancia, el juzgado interviniente admitió esa defensa y rechazó la ejecución, decisión que motivó el recurso de apelación del actor.

En su memorial, el apelante cuestionó principalmente la valoración de la prueba pericial caligráfica. Argumentó que el juez no había considerado adecuadamente las impugnaciones formuladas contra el informe de la perito designada de oficio y sostuvo que la conclusión del peritaje era incorrecta, en particular frente a las apreciaciones de su consultora técnica.

La Cámara analizó los agravios y destacó que el juez de grado había examinado detalladamente las impugnaciones planteadas contra la pericia. También señaló que los cuestionamientos vinculados al desarrollo de la audiencia en la que se realizó el cuerpo de escritura resultaban extemporáneos, pues no fueron planteados oportunamente, lo que activó el principio de preclusión procesal.

Asimismo, el tribunal recordó que, ante discrepancias entre el informe de la consultora técnica de parte y el de la perito oficial, suele otorgarse mayor valor a este último, dado que su designación judicial presume imparcialidad. En el caso concreto, la pericia oficial fue considerada suficientemente fundada y basada en criterios técnicos propios de la especialidad.

La Cámara también ponderó un informe elaborado por un experto del Cuerpo de Calígrafos Oficiales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en una causa penal vinculada, quien coincidió en que la firma del pagaré no pertenecía a la demandada.

Con base en esos elementos probatorios, las juezas Matilde Ballerini y María Guadalupe Vázquez resolvieron de manera unánime rechazar el recurso de apelación y confirmar la sentencia que había admitido la excepción de falsedad de título y rechazado la ejecución del pagaré, con costas al apelante.

Versión en lenguaje claro

Un pagaré que no fue firmado por la demandada

La Cámara Comercial analizó un juicio iniciado para cobrar un pagaré. El actor afirmaba que la demandada había firmado ese documento y debía pagar la deuda.

La demandada negó haberlo firmado. Por eso pidió que se declarara falso el título.

La prueba clave

Durante el proceso se realizó una pericia caligráfica. La perito designada por el tribunal comparó la firma del pagaré con otras firmas auténticas de la demandada.

Su conclusión fue clara
La firma del pagaré no pertenecía a la demandada.

El actor cuestionó ese informe y presentó la opinión de su consultora técnica. Sin embargo, el juez de primera instancia dio mayor valor a la pericia oficial y rechazó la ejecución.

La revisión de la Cámara

El actor apeló esa decisión. La Cámara revisó el caso y sostuvo que

  • el juez había analizado correctamente las impugnaciones
  • algunos planteos del actor fueron presentados fuera de tiempo
  • el informe del perito oficial suele tener mayor peso que el de un consultor de parte

Además, un experto del Cuerpo de Calígrafos de la Corte Suprema también concluyó que la firma no era de la demandada.

La decisión

Las juezas confirmaron la sentencia. El pagaré no puede ejecutarse porque la firma no pertenece a la persona demandada.

El actor, que inició el juicio, deberá pagar las costas del proceso.

En síntesis, el tribunal sostuvo que no se puede exigir el pago de un documento cuando está probado que la firma fue falsificada.

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