Acordadas y Resoluciones judiciales
La Resolución 26/2021 del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego constituye la continuidad y operativización de la Acordada 178/2019, que había dispuesto la incorporación del lenguaje claro en todos los procedimientos judiciales. En sus considerandos se destaca que la comprensión de los actos judiciales exige una redacción clara de sus fundamentos, y que esta práctica impacta directamente en la transparencia y en la garantía de acceso a la justicia, principio reconocido por la Constitución Nacional (arts. 18 y 123 CN) y reforzado por la Ley Provincial 110 y la Acordada 120/1994 que otorgan atribuciones de organización al Tribunal.
La resolución aprueba pautas generales de redacción que buscan unificar criterios en los documentos judiciales, estableciendo que los textos deben ser directos, positivos, con párrafos breves, evitando tecnicismos innecesarios y expresiones en latín, promoviendo lenguaje no discriminatorio y el uso de oraciones simples y en voz activa. Además, se dispone la elaboración de un glosario de lenguaje claro en conjunto con asociaciones de magistrados y sindicatos, la inclusión de capacitaciones en la Escuela Judicial, y la coordinación de estas acciones con la Oficina de Planificación Estratégica y la Dirección de Comunicación Institucional.
El alcance de esta norma excede la mera técnica de redacción, pues implica un cambio cultural hacia una justicia accesible y transparente, alineada con los estándares internacionales de buena gobernanza y con el Objetivo de Desarrollo Sostenible 16 de la Agenda 2030. Su impacto reside en asegurar que el servicio de justicia sea comprensible para toda la ciudadanía, reforzando la legitimidad institucional.
Versión en lenguaje claro
El Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego aprobó en 2021 la Resolución 26, que continúa lo dispuesto en la Acordada 178/2019 sobre el uso de lenguaje claro en la justicia. El propósito es que cualquier persona pueda entender con facilidad lo que dicen las resoluciones y documentos judiciales, sin necesidad de conocimientos técnicos.
La norma indica que los textos deben:
- Usar frases cortas y claras.
- Evitar tecnicismos, salvo que sean necesarios (y en ese caso explicarlos).
- No utilizar expresiones en latín ni lenguaje discriminatorio.
- Redactar con un estilo directo y positivo, en voz activa.
- Mantener coherencia en los tiempos verbales.
También se ordena elaborar un glosario de lenguaje claro, con la participación de magistrados, empleados judiciales y sindicatos, para reemplazar gradualmente las expresiones técnicas difíciles por términos comprensibles. Además, la Escuela Judicial deberá ofrecer cursos de capacitación en esta materia y la Dirección de Comunicación facilitar herramientas prácticas para que todos los operadores judiciales puedan aplicar estas pautas.
Esta decisión no solo mejora la escritura de documentos, sino que busca más transparencia y confianza en la justicia. El Tribunal afirma que la claridad en las sentencias y actos judiciales es un derecho de la ciudadanía, ya que garantiza el acceso efectivo a la justicia previsto en la Constitución Nacional.
En conclusión, la Resolución 26/2021 establece un cambio cultural en la manera en que se comunica la justicia en la provincia: los jueces y funcionarios deben escribir de forma que todos comprendan. Esto fortalece el vínculo entre el Poder Judicial y la sociedad, y asegura que las decisiones legales sean entendidas por quienes resultan afectados.
Acordadas y Resoluciones judiciales
Reglamento integral para el control, asignación y reutilización pública de bienes secuestrados y decomisados en causas penales bajo jurisdicción federal.
La Acordada 22/2025, dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 15 de julio de 2025, aprueba un nuevo Reglamento sobre efectos secuestrados y objetos decomisados en causas penales, derogando la Acordada 2/2018. La medida busca modernizar y consolidar el régimen de gestión de bienes secuestrados o decomisados en el ámbito penal federal, adecuándolo a los principios de eficiencia, transparencia y reutilización con fines de interés público.
Fundada en el artículo 23 del Código Penal, la ley 23853 y normativa conexa, la acordada responde al deber de recuperar activos de origen ilícito, en armonía con tratados internacionales contra el narcotráfico, la corrupción y el crimen organizado. Reafirma que los efectos secuestrados sin devolución y los objetos comisados constituyen recursos propios del Poder Judicial.
La norma dispone: (1) la obligación inexcusable de registrar los bienes en la Base General de Datos (BBSD) en un plazo de 30 días; (2) la publicación de las asignaciones y subastas en la web de la Corte; (3) la creación de una unidad de coordinación federal para supervisar el sistema; (4) la nulidad de procedimientos que no cumplan el nuevo régimen; y (5) la posibilidad de reasignación de bienes a entidades públicas, fuerzas de seguridad y organizaciones sociales.
Requiere implementación tecnológica para facilitar el cumplimiento. Es coherente con el principio de publicidad (Ley 27275) y con la jurisprudencia previa de la Corte. Refuerza el marco legal existente sin generar conflictos normativos, y se integra armónicamente en el sistema jurídico argentino, promoviendo una política judicial de recuperación social de bienes ilícitos.
Acordadas y Resoluciones judiciales
La Acordada 2640/2023 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación aprueba los “Lineamientos Generales de Sentencias Claras”, con el propósito de favorecer la comprensión de los pronunciamientos judiciales y optimizar el servicio de justicia. En sus considerandos se reconoce la dificultad que genera el lenguaje técnico y se enfatiza la necesidad de adoptar prácticas que permitan a las partes, a la judicatura, a la comunidad académica, a la prensa y a la sociedad en general acceder a decisiones comprensibles.
La norma dispone que los lineamientos serán aplicables en todos los casos en que se declare la admisibilidad de los recursos extraordinarios federales, sin que ello afecte la continuidad de los trámites en curso. Se prevé la creación de un grupo de trabajo permanente, integrado por representantes de la Secretaría de Jurisprudencia y de la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto, encargado de elaborar propuestas complementarias, monitorear el uso de tecnicismos y elevar informes periódicos al Tribunal.
El anexo establece una estructura básica para las sentencias, desde la descripción del objeto de la demanda hasta la redacción clara de la parte resolutiva, priorizando oraciones cortas, precisión argumental y autosuficiencia del texto. Si bien la medida fortalece la transparencia y se inserta en el derecho constitucional de acceso a la justicia (arts. 18 y 33 CN), la disidencia del ministro Lorenzetti señala su alcance limitado y carácter meramente declarativo, advirtiendo la necesidad de sistematizar experiencias previas y garantizar seguridad jurídica. En conclusión, la acordada constituye un avance hacia la claridad judicial, aunque requiere consolidación normativa y mayor generalización para integrarse plenamente en el ordenamiento vigente.
Versión en lenguaje claro
La Corte Suprema dictó en octubre de 2023 la Acordada 2640, que aprueba los Lineamientos Generales de Sentencias Claras. El objetivo es que las sentencias se entiendan mejor, no solo por los abogados, sino también por las partes del juicio, la prensa, el ámbito académico y la sociedad en general.
La decisión establece que estos lineamientos se aplicarán en todos los casos en que la Corte acepte un recurso extraordinario federal. Esto significa que, cuando se habilite esa vía, la sentencia deberá seguir pautas de claridad.
Se creó además un grupo de trabajo permanente. Su tarea será:
- Proponer mejoras a las reglas de redacción aprobadas.
- Revisar guías previas de estilo jurídico y adaptarlas.
- Monitorear las sentencias para detectar tecnicismos y sugerir cambios.
- Presentar informes periódicos a los ministros de la Corte.
Los lineamientos anexos recomiendan que cada sentencia tenga una estructura ordenada: primero se explica la demanda, luego los hechos, la decisión apelada, los agravios de la parte que recurre, la admisibilidad del recurso, la cuestión a resolver, los argumentos del Tribunal y finalmente la resolución clara. También se aconseja usar frases cortas, evitar “párrafos-oración” y explicar cuando se remite a precedentes o dictámenes.
El ministro Ricardo Lorenzetti votó en disidencia. Coincidió con la importancia del lenguaje claro, pero consideró que la medida es limitada, que no abarca a todo el Poder Judicial y que tiene un carácter más declarativo que efectivo. Señaló además que ya existen experiencias previas en el país y en el derecho comparado que deberían haberse integrado.
En resumen, la Corte Suprema busca dar un paso hacia la transparencia y el acceso a la justicia mediante sentencias más comprensibles. Sin embargo, el alcance inicial es reducido y se espera que en el futuro se amplíe a más casos y niveles de la justicia argentina.
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