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DICTAMEN FISCALÍA DE ESTADO 13/2025 – “S/SUPUESTAS IRREGULARIDADES EN LA CAJA PREVISIONAL PARA EL PERSONAL POLICIAL Y PENITENCIARIO POLICIAL Y COMPENSADORA PARA EL PERSONAL POLICIAL DEL EX TERRITORIO”

El Dictamen se expide en el Expte. F.E. 68/25, iniciado por múltiples presentaciones que denunciaron irregularidades en la Caja Previsional para el Personal Policial y Penitenciario y en el régimen compensador para personal del ex Territorio, con eje en el no pago del haber compensatorio de julio de 2025 y del SAC, y en un presunto desmanejo patrimonial. Recibidas y acumuladas las denuncias, se requirió informe al Presidente de la Caja, quien remitió el Informe Interno 155/25 de Gerencia de Administración. 

Los presentantes cuestionaron la Resolución RES-DIR-148-2025 (01/08/25), que reconoce desfinanciamiento, fija cronograma de pagos y un orden de prelación que prioriza al personal del organismo y luego a retirados provinciales, relegando el régimen territorial; alegaron además mala administración de inmuebles (vgr. edificio San Martín 590 y fideicomisos) y, en un caso, falta de equiparación del art. 69 Ley 735. La Caja invocó crisis de liquidez, justificó la priorización con apoyo en la Ley 834, informó avances (puesta en valor/venta de activos, gestión de adelantos, auditoría interna) y citó déficit actuarial 2022. Se constató, paralelamente, la promoción de amparos por falta de pago y la judicialización de la validez de la RES-DIR-148-2025. 

En los considerandos, se afirma que el cuadro exhibe desequilibrio estructural, con causas de diseño y ejecución no corregidas pese a diagnósticos previos (vinculación con antecedentes de esta Fiscalía). Se destaca deuda del Poder Ejecutivo con la Caja (Ley 834, modif. Ley 1155) y se recuerda la competencia del Tribunal de Cuentas (Plenaria 144/25) sobre la regularización de activos e inversiones. Se exhorta a coordinar con la Jefatura de Policía para aplicar medidas de exoneración cuando corresponda ante condenas penales, y se descarta tratar en esta sede alegadas persecuciones o la equiparación del art. 69 por estar judicializadas. 

El Fiscal de Estado Resuelve: concluir la intervención; notificar al Presidente de la Caja, al Jefe de Policía, al Poder Ejecutivo, a la Legislatura, al Tribunal de Cuentas y a los presentantes; y disponer la publicación en el Boletín Oficial (Res. F.E. N.º 76/25, 29/09/2025). 

Versión en lenguaje claro

Qué originó el caso

Varias personas denunciaron que la Caja de la Policía y del Servicio Penitenciario no pagó julio y el aguinaldo, y que hubo mala gestión de bienes. La Fiscalía pidió explicaciones y papeles a la Caja. 

Qué se analizó

La Caja dictó una resolución (RES-DIR-148-2025) que admite falta de fondos, fija un calendario y prioriza algunos pagos.

Las denuncias criticaron ese orden y mencionaron problemas con inmuebles y fideicomisos.

La Caja dijo que no tiene liquidez, que priorizó pagos alimentarios según la Ley 834 y que inició medidas: vender/alquilar bienes, pedir adelantos y hacer auditorías.

Hay juicios de amparo por la falta de pago y la justicia definirá si la resolución es válida. 

Conclusiones de la Fiscalía

El problema es estructural: el sistema está mal diseñado y no se corrigió a tiempo. Además, el Estado debe fondos a la Caja (según la Ley 834 y su modificación). El Tribunal de Cuentas ya intimó a ordenar inversiones y patrimonio (Plenaria 144/25). Para casos de retirados con condena penal, se pide coordinación con la Policía para aplicar exoneraciones cuando corresponda. Lo relativo a la equiparación salarial (art. 69 Ley 735) y a supuestas persecuciones debe seguirse en la justicia. 

Decisión

Cerrar el trámite, notificar a todas las autoridades involucradas y publicar la resolución en el Boletín Oficial (Res. F.E. 76/25, 29/09/2025). 

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