Flexibilización Procesal en la Reparación Integral del Daño

El reciente fallo “Rojas” aborda la problemática de la reparación integral del daño en el ámbito del proceso penal, desafiando la rigidez temporal establecida por el precedente “Schof”. La resolución inicial de primera instancia, que negaba la solicitud del demandado para iniciar el proceso de reparación integral post-citación a juicio, fue apelada en base a una interpretación restrictiva del mencionado precedente. El Tribunal Supremo de la Provincia de Tierra del Fuego, al revisar el fondo del recurso, se encontró ante la disyuntiva de adherir a una interpretación literal del plazo preestablecido o flexibilizar la normativa en aras de favorecer el derecho sustancial a la reparación.

La sentencia del tribunal revela una tendencia hacia una interpretación holística y no restrictiva del derecho penal, en la cual se pondera el objetivo de pacificación del conflicto y la limitación del ius puniendi estatal, por encima de la mera observancia de plazos procedimentales. Al desestimar la aplicación inflexible del plazo del precedente “Schof”, el fallo destaca la importancia de valorar cada caso en su contexto particular, permitiendo así la intervención del fiscal para evaluar la pertinencia de la reparación integral.

Este enfoque se alinea con los principios de justicia restaurativa, procurando evitar la estigmatización del imputado y promoviendo la participación activa de la víctima en la resolución del conflicto. La decisión subraya que el rechazo de la reparación integral por una presentación tardía contradice el espíritu de la ley, que busca la resolución alternativa de conflictos y la recomposición de la paz social.

El fallo “Rojas” refuerza la noción de que el derecho penal debe servir como último recurso, privilegiando soluciones que restituyan el daño y fomenten la reinserción social sobre medidas puramente punitivas. Es un paso adelante hacia un sistema penal más humano y eficiente, que contempla tanto la realidad procesal como la necesidad de garantizar los derechos fundamentales.

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