En el marco de una acción por daños y perjuicios donde se persigue un resarcimiento por el corte de servicio telefónico dispuesto por la demandada, se confirma la sentencia que desestimó la demanda. Para así decidir, el Tribunal entendió que aun cuando la parte actora sostiene que las constancias agregadas a la causa permiten concluir que existió un accionar antijurídico de la demandada respecto al incumplimiento en la prestación del servicio telefónico de manera arbitraria y antirreglamentaria, ello se ve contrastado por la ausencia de prueba que se evidencia en el caso, donde ninguna de las constancias agregadas a la causa permite determinar que existió un obrar antijurídico por parte de la demandada al proceder a dar de baja la línea telefónica por la falta de pago en la que habría incurrido la parte actora.
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