La Secretaría Ejecutiva del Órgano de Revisión de Salud Mental de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur ha emitido una nueva resolución que busca implementar un proceso de postulación y selección riguroso y transparente. Este proceso tiene como fin contar con los mejores representantes para cumplir lo enmarcado en el artículo 3, del Decreto Provincial 2466/18, reglamentario de la Ley 1227 de Salud Mental de la Provincia.
La resolución establece criterios claros para la selección de organizaciones interesadas en integrar el plenario del Órgano de Revisión de la Ley de Salud Mental. Entre los requisitos, se solicita a las entidades que presenten documentación que demuestre su trayectoria y objetivos, así como su compromiso con la defensa de los usuarios de servicios de salud mental. Además, se estipula que las organizaciones deben designar un representante titular y un suplente, y proporcionar una dirección de correo electrónico y un domicilio legal para notificaciones. La resolución también detalla que la entidad debe contar con personería jurídica o, en su defecto, alguna constancia que acredite su existencia y funcionamiento regular.
Para la selección de las organizaciones, se tendrán en cuenta criterios como el compromiso de la organización con la promoción de los derechos humanos, la cantidad de avales presentados, la representatividad federal o provincial, la antigüedad de la organización, el alcance de sus actividades, el tipo y calidad de las actividades desarrolladas, y el perfil interdisciplinario. Ninguno de estos criterios es excluyente, y los seleccionadores pueden agregar otros que consideren razonables y compatibles con la función de los postulantes.
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