Modificación normativa que torna abstracta la cuestión
El actor interpuso una acción de amparo contra el Banco Central de la República Argentina para que se declare la inconstitucionalidad de la comunicación que exigía la previa conformidad y/o autorización del demandado para girar sus haberes jubilatorios a España en la moneda de curso legal en ese país. Ante el rechazo de la acción por parte de la cámara interpuso recurso extraordinario invocando la vulneración de los derechos reconocidos en tratados internacionales en resguardo de la ancianidad y destacando su situación de enfermedad y el carácter alimentario de su haber previsional. Con posterioridad a la interposición de este recurso, la actora hizo una presentación en la que dio cuenta de una modificación a la norma por la cual no se requeriría más la conformidad cuestionada. La Corte declaró inoficioso emitir pronunciamiento. Recordó que las sentencias de esta Corte deben ajustarse a las condiciones existentes al momento en que se dictan, incluso si estas son sobrevinientes al recurso extraordinario.
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