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Resolución Plenaria 57/2025 – TRIBUNAL DE CUENTAS – CONCLUYE INVESTIGACIÓN ESPECIAL PRESUNTAS IRREGULARIDADES DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ENERGÍA (DPE)

La Resolución Plenaria 57/2025 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Tierra del Fuego concluye una investigación especial iniciada por la Resolución Plenaria  16/2021, tras la denuncia del Ing. Néstor Barría sobre presuntas irregularidades en la Dirección Provincial de Energía (DPE). Los hechos investigados se vinculan con la Licitación Pública  4/2017, relativa a la obra “Red Troncal y Construcción de un Centro de Distribución de 33/13,2 kV – Macizo 1000 – Río Pipo – Ushuaia”, cuya contratación habría incluido tareas previamente ejecutadas en el marco del Convenio 138 entre la DPE y el IPVyH.

A lo largo del procedimiento, se evidenciaron demoras injustificadas en la entrega de documentación por parte de la DPE, incumplimientos reiterados a los requerimientos del órgano de control y sanciones administrativas impuestas a su presidente. Los informes técnicos y contables determinaron que los ítems 31 a 49 y 82 fueron certificados y abonados, a pesar de no haber sido ejecutados o haber sido reemplazados por otras tareas. Además, se advirtió la ausencia de un acto administrativo que formalizara la modificación contractual correspondiente, contraviniendo lo dispuesto por el artículo 97 del Decreto Provincial 1122/02.

Se detectaron infracciones procedimentales, como la omisión de intervención de la Auditoría Interna y del Departamento Legal de la DPE, y la ausencia de notificación al Fideicomiso Austral —fuente de financiamiento— sobre los cambios introducidos. Pese a ello, la DPE dictó la Resolución 513/2023, reconociendo el error al eliminar los ítems observados y registrando nuevas tareas mediante una planilla de Economías, Demasías y Adicionales.

No se constató perjuicio económico al erario público, por lo tanto, el Tribunal resolvió concluir la investigación, continuar el control bajo modalidad posterior, y notificar a las autoridades y partes interesadas conforme a lo establecido en la Ley Provincial 50.

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